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    Reasignación por necesidad de servicio como factor de vulneración de la unidad familiar en el personal subalterno de la 31° Brigada de Infantería del Ejército de Huancayo

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    El presente trabajo aborda una problemática generalizada en el ámbito militar castrense, los que se reflejan básicamente en la vulneración de los derechos fundamentales que todo ciudadano tiene; si bien es cierto que las fuerzas armadas están sometidas a disposiciones especiales, estas no pueden trasgredir los derechos fundamentales como el de tener un desarrollo personal equilibrado dentro de un ambiente sano y familiar, lo cual implica tener la estabilidad y permanencia en el ejercicio de sus funciones en determinada jurisdicción de carácter permanente y excepcionalmente desarrollar algunas tareas en otros circunscripciones territoriales cuando el caso amerité como calamidad y desastres naturales o convulsión social extrema los que se configuran por mandato constitucional; sin embargo estas disposiciones de rango constitucional han sido desbordadas por la decisiones emotivas e interesadas por determinados jefes y mandos militares en la zona central, específicamente en la 31º brigada de infantería del ejército en Huancayo. Estas consideraciones y problemática ha motivado el Desarrollo de la presente investigación para entender como “Reasignación por Necesidad de Servicio como Factor de Vulneración de la Unidad Familiar en el personal Subalterno de la 31º Brigada de Infantería del Ejército de Huancayo, 2018 - 2019” en cuyo caso el objetivo trazado ha sido “Describir cómo la reasignación por necesidad de servicio vulnera el derecho a la unidad familiar en el personal subalterno de la 31° brigada de infantería del ejército de Huancayo, 2018-2019”, estableciendo que la reasignación por necesidad de servicio genera la unidad familiar conforme establece nuestra hipótesis “La reasignación por necesidad de servicio vulnera de manera significativa el derecho de preservar la unidad familiar en el personal subalterno de la 31° brigada de infantería del ejército de Huancayo, 2018-2019”. Por lo que se sugiere establecer de manera taxativa cuales tendrían que ser las causas de manera puntual que generen la reasignación en el personal castrense
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