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Políticas sectoriales: igualdad y no discriminación.
Si bien son ciertos los múltiples avances alcanzados en materia de igualdad y no discriminación, no podemos negar que actualmente distintos colectivos continúan expuestos a conductas, comportamientos o decisiones discriminatorias. Las mujeres, los discapacitados, los extranjeros, personas de edad avanzada, etc siguen encontrando escoyos, muchas veces insoslayables, en áreas tales como la educación, la salud o el deporte. Para poner fin a esta indeseable situación, esto es, para acabar con las desigualdades sociales, los poderes públicos, a través de políticas sectoriales, establecen medidas, por un lado, protectoras de dichos ciudadanos y, por otro, incentivadoras de la participación de los mismos en las distintas esferas de la sociedad
La tradicional marginación del trabajador autónomo por parte del Derecho del Trabajo
Si bien es incuestionable la relevancia histórica del trabajo autónomo, igualmente es irrefutable el desinterés mostrado por parte del Derecho del Trabajo, desde sus albores, hacia el mismo. Esta disciplina, nacida como respuesta social a la Revolución Industrial, vino centrando su atención en la figura del trabajador subordinado. Dicho de otro modo, para tal rama del ordenamiento jurídico el objetivo fue, desde el principio, la protección y tutela del trabajador asalariado, manifestando mínimo interés hacia el trabajador por cuenta propia, cuya regulación quedaba encomendada a los órdenes jurídicos civil o mercantil. Muestra de ello es el contenido de los diversos textos normativos dictados a lo largo del siglo XX, los cuales, a pesar de ampliar progresivamente el ámbito aplicativo de la rama tuitiva por excelencia, no dieron cabida al trabajo autónomo en su esfera protectora.While there is no doubt about the historical relevance of self-employed work, the lack of interest displayed by Employment Law is equally irrefutable, from its outset to now. This discipline, created as a social response to the Industrial Revolution, focused its attention on the figure of subordinated workers. In other words, from the start, the objective for every branch of the legal code was the protection and guidance of salaries workers, with minimal interest being shown to those who work for themselves, whose regulation is entrusted to the civil or commercial legal codes. One example of this is the content of the diverse regulatory texts issued during the course of the XX century which —in spite of progressively expanding the applicatory scope of the protective branch par excellence— gave no room for self-employed work in its protective sphere.Obwohl die historische Bedeutung der beruflichen Selbständigkeit unbestreitbar ist, kann gleichzeitig unwiderlegbar konstatiert werden, dass das Arbeitsrecht von allem Anfang an Desinteresse an demselben gezeigt hat. Dieses Rechtsgebiet entstand als soziale Antwort auf die Industrielle Revolution und legte sein Hauptaugenmerk auf die Figur des abhängig Beschäftigten. Anders formuliert: für diese juristische Fachrichtung war das vorherrschende Ziel, von ihren Anfängen an, der Schutz und die Fürsorge des abhängig Beschäftigten. Das Arbeitsrecht zeigte wenig Interesse am Freiberufler, der rechtlich durch das Spanische Zivilgesetzbuch oder das Handelsrecht erfasst wurde. Beweis hierfür sind die Inhalte der verschiedenen juristischen Dokumente, die im 20. Jahrhundert verfasst wurden, und die, obwohl sich das Anwendungsfeld des Arbeitsrechts kontinuierlich um Schutzrechte erweitert hat, den Freiberufler nicht mit ihren Schutzgesetzen abdecken
La metodología de juicios simulados en un entorno colaborativo de aprendizaje activo
Proyecto juicios simulados(litis simulatio, moot courts), como herramienta metodológica de coordinación y colaboración entre los diversos colectivos para ofrecer a los alumnos del último curso de las Titulaciones una experiencia cuasi-real en litigación y resolución de conflictos jurídicos que les permita fortalecer las competencias y habilidades adquiridas a lo largo del programa formativo en los diferentes ámbitos del Derecho y de la Jurisdicción
Integración del aprendizaje social (social learning) en las asignatras vinculadas al campo de conocimiento del Derecho del Trabajo y la Seguridad Social
Este proyecto trata de integrar las redes sociales como una herramienta colaborativa en la docencia de las materias relacionadas con el Derecho del Trabajo. De entre los recursos asociados a las plataformas "b-learning", e empleo de las redes sociales permite el intercambio de información en tiempo real. A través de este instrumento, los alumnos, guiados por el profesor, aportan su trabajo activo en relación con la materia seleccionada y poniéndolo en común mediante la herramienta elegida. En este proyecto nos decantamos por el empleo de Facebook. Esta metodología puede ser aplicada en cuantas disciplinas se vean especialmente vinculadas a la realidad económico-social, que por su naturaleza requieran de una permanente actualización. La recepción de esta metodología es evidente en aquellas materias que exijan del alumno un esfuerzo crítico que le permita acercarse en profundidad a los elementos novedosos de la materia
Evaluación e intervención en el desarrollo de competencias éticas en estudiantes universitarios
Depto. de Antropología Social y Psicología SocialFac. de Ciencias Políticas y SociologíaFALSEsubmitte
Novedades en el ámbito de las infracciones y sanciones administrativas en el orden social
Depto. de Derecho del Trabajo y Seguridad SocialFac. de DerechoTRUEpu
Prevención y protección de los riesgos profesionales en el trabajo autónomo
Depto. de Derecho del Trabajo y Seguridad SocialFac. de DerechoTRUEpu