1 research outputs found

    Plan maestro para el desarrollo digital del Municipio de Oporapa Huila

    Get PDF
    Anexo 1: (Ley 962 de 2005) Ley Antitr谩mites de 2005 (LEY 962 DE 2005) (julio 8) Diario Oficial No. 46.023 de 6 de septiembre de 2005 Por la cual se dictan disposiciones sobre racionalizaci贸n de tr谩mites y procedimientos administrativos de los organismos y entidades del Estado y de los particulares que ejercen funciones p煤blicas o prestan servicios p煤blicos. El Congreso de Colombia DECRETA: TITULO I. NORMAS GENERALES. CAPITULO I. DISPOSICIONES COMUNES A TODA LA ADMINISTRACI脫N P脷BLICA. 60 ART脥CULO 1o. OBJETO Y PRINCIPIOS RECTORES. La presente ley tiene por objeto facilitar las relaciones de los particulares con la Administraci贸n P煤blica, de tal forma que las actuaciones que deban surtirse ante ella para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones se desarrollen de conformidad con los principios establecidos en los art铆culos 83, 84, 209 y 333 de la Carta Pol铆tica. En tal virtud, ser谩n de obligatoria observancia los siguientes principios como rectores de la pol铆tica de racionalizaci贸n, estandarizaci贸n y automatizaci贸n de tr谩mites, a fin de evitar exigencias injustificadas a los administrados: 1. Reserva legal de permisos, licencias o requisitos. Para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones, 煤nicamente podr谩n exigirse las autorizaciones, requisitos o permisos que est茅n previstos taxativamente en la ley o se encuentren autorizados expresamente por esta. En tales casos las autoridades p煤blicas no podr谩n exigir certificaciones, conceptos o constancias. Las autoridades p煤blicas no podr谩n establecer tr谩mites, requisitos o permisos para el ejercicio de actividades, derechos o cumplimiento de obligaciones, salvo que se encuentren expresamente autorizados por la ley; ni tampoco podr谩n solicitar la presentaci贸n de documentos de competencia de otras autoridades. 2. Procedimiento para establecer los tr谩mites autorizados por la ley. Las entidades p煤blicas y los particulares que ejercen una funci贸n administrativa expresamente autorizadas por la ley para establecer un tr谩mite, deber谩n previamente someterlo a consideraci贸n del Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica adjuntando la manifestaci贸n del impacto regulatorio, con la cual se acreditar谩 su justificaci贸n, eficacia, eficiencia y los costos de implementaci贸n para los obligados a cumplirlo; as铆 mismo deber谩 acreditar la existencia de recursos presupuestales y administrativos necesarios para su aplicaci贸n. En caso de encontrarlo razonable y adecuado con 61 la pol铆tica de simplificaci贸n, racionalizaci贸n y estandarizaci贸n de tr谩mites, el Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica. Para el cumplimiento de esta funci贸n el Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica contar谩 con el apoyo de los Comit茅s Sectoriales e Intersectoriales creados para tal efecto. Asimismo, podr谩 establecer mecanismos de participaci贸n ciudadana a fin de que los interesados manifiesten sus observaciones. El Director del Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica rendir谩, al inicio de cada per铆odo de sesiones ordinarias, informe a las Comisiones Primeras de cada C谩mara sobre la expedici贸n de los nuevos tr谩mites que se hayan adoptado. PAR脕GRAFO 1. El procedimiento previsto en el presente art铆culo no se aplicar谩 cuando se trate de adoptar tr谩mites autorizados por los decretos expedidos durante los estados de excepci贸n, con motivo de la declaratoria de un estado de cat谩strofe o emergencia natural o cuando se requiera la adopci贸n inmediata de medidas sanitarias para preservar la sanidad humana o agropecuaria. PAR脕GRAFO 2. Las Asambleas Departamentales y los Concejos Distritales o Municipales 煤nicamente podr谩n adoptar, mediante ordenanza o acuerdo, las medidas que se requieran para la implementaci贸n o aplicaci贸n de los tr谩mites creados o autorizados por la Ley. 3. Informaci贸n y publicidad. Sin perjuicio de las exigencias generales de publicidad de los actos administrativos, todo requisito, para que sea exigible al administrado, deber谩 encontrarse inscrito en el Sistema 脷nico de Informaci贸n de Tr谩mites, SUIT, cuyo funcionamiento coordinar谩 el Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica; entidad que verificar谩 para efectos de la inscripci贸n que cuente con el respectivo soporte legal. Toda entidad y organismo de la Administraci贸n P煤blica tiene la obligaci贸n de informar sobre 62 los requisitos que se exijan ante la misma, sin que para su suministro pueda exigirle la presencia f铆sica al administrado. Igualmente deber谩 informar la norma legal que lo sustenta, as铆 como la fecha de su publicaci贸n oficial y su inscripci贸n en el Sistema 脷nico de Informaci贸n de Tr谩mites, SUIT. 4. Fortalecimiento tecnol贸gico. Con el fin de articular la actuaci贸n de la Administraci贸n P煤blica y de disminuir los tiempos y costos de realizaci贸n de los tr谩mites por parte de los administrados, se incentivar谩 el uso de medios tecnol贸gicos integrados, para lo cual el Departamento Administrativo de la Funci贸n P煤blica, en coordinaci贸n con el Ministerio de Comunicaciones, orientar谩 el apoyo t茅cnico requerido por las entidades y organismos de la Administraci贸n P煤blica. ART脥CULO 2o. AMBITO DE APLICACI脫N. Esta ley se aplicar谩 a los tr谩mites y procedimientos administrativos de la Administraci贸n P煤blica, de las empresas de servicios p煤blicos domiciliarios de cualquier orden y naturaleza, y de los particulares que desempe帽en funci贸n administrativa. Se except煤an el procedimiento disciplinario y fiscal que adelantan la Procuradur铆a y Contralor铆a respectivamente. Para efectos de esta ley, se entiende porLas TIC son un sector estrat茅gico para el desarrollo de un pa铆s y adem谩s son transversales en toda la sociedad (Estado, Academia, Sector privado y Sociedad Civil Organizada). Basados en estos principios, este proyecto busc贸 aplicar un ejercicio real, alcanzable y ejecutable, para la construcci贸n de una Pol铆tica Digital en el Municipio de Oporapa. De esta manera, se construyeron estrategias de inversi贸n y desarrollo para ver a Oporapa como un Municipio pionero en la regi贸n en el 谩mbito Tecnol贸gico. El proyecto se desarroll贸 bajo el enfoque cuantitativo, de tipo descriptivo donde se aplic贸 la t茅cnica de la encuesta mediante un instrumento de preguntas cerradas. Finalmente, en este proyecto plantea de manera sencilla y de f谩cil ejecuci贸n, una ruta de navegaci贸n tecnol贸gica para un Municipio segregado de estos avances.ICTs are a strategic sector for the development of a country and are also cross-cutting throughout society (State, Academy, Private Sector and Organized Civil Society). Based on these principles, this project sought to apply a real, achievable and executable exercise for the construction of a Digital Policy in the Municipality of Oporapa. In this way, investment and development strategies were built to see Oporapa as a pioneer Municipality in the region in the Technological field. The project was developed under the quantitative, descriptive approach where the survey technique was applied by means of an instrument of closed questions. Finally, in this project he poses in a simple and easily executed way, a technological navigation route for a Municipality segregated from these advances
    corecore