20 research outputs found
Conflictividad en el uso de los recursos hÃdricos y derecho público romano
En el presente trabajo se examinan algunos problemas relacionados con la conducción del agua para su abastecimiento a las ciudades, usos agrÃcolas y el territorio, en el ámbito de la administración provincial romana. Con ese propósito se toma como referencia el iudicium cum addictione plasmado en el bronce de Contrebia que legitima un arbitraje indÃgena. En el Bronce, planteado con caracteres de ius civile, aparecen instituciones que reflejan diversas realidades provinciales. El tema de fondo es la discusión respecto al status del suelo sobre el que discurrÃa el canal de riego y por lo tanto, la legitimidad de su construcción, pero hay otros problemas conectados. Para ello, se examina en primer lugar, la servidumbre de aguas desde sus orÃgenes hasta llegar a la consideración de ius un re aliena por la iurisprudentia romana.
In this paper some of the problems related with water conduction and its supply to towns, agricultural use and land are examined within the Roman provincial administration. To that end, the iudicium cum addictione, engraved on the bronze of Contrebia, is taken as a reference legitimizing an indigenous arbitration. In the Bronze, some institutions appear raised with ius civile characters that reflect several provincial realities. The background issue is about the argument with regard to the status of the land on which the irrigation canal ran and, therefore the legitimacy of its construction as well as some inter-mingled problems. To do this, it is firstly examined the right of water from its origins up to the consideration of ius un re aliena by the Roman iurisprudentia
Una inscripción romana enigmática y dos decretos decurionales
El presente estudio trata de un hallazgo epigráfico que suscita diferentes interpretaciones. La que proponemos en nuestro trabajo está relacionada con el derecho de superficie. Para abordar el tema se procede primero a explicar, con base en las fuentes justinianeas, diversas cuestiones generales sobre los diferentes tipos de ingresos que tendrÃan las ciudades, dependiendo de sus fuentes de riqueza y de sus caracterÃsticas particulares. Entre ellos estarÃan los provenientes del arrendamiento de los locales comerciales, si los hubiere, y los percibidos por el alquiler de terrenos sobre los que edificar. A continuación se analizan dos decretos decurionales procedentes de la ciudad de Puteoli que contribuyen al esclarecimiento de la superficies, hasta llegar a ser considerada como un derecho real sobre cosa ajena. Finaliza el trabajo con unas consideraciones sobre la importancia de la percepción de estos ingresos para el sostenimiento de las ciudades y de la eficacia del ordo decurionum en la gestión del patrimonio inmobiliario urbano
El decreto de L. Novius Rufus
El presente artÃculo trata de un documento epigráfico, en la actualidad perdido, que contenÃa la copia literal de una sentencia dictada por el gobernador de la provincia tarraconense en el año 193, un tal Novius Rufus. La opinión mayoritaria considera que este decretum del gobernador de la Tarraconensis, dirimÃa un conflicto sobre una cuestión de lÃmites, aunque tal vez se tratase de un litigio entre una comunidad de regantes y una propietaria. Ambas posturas son defendibles habida cuenta de que no es posible conocer los pormenores que se reflejarÃan en la segunda parte del documento, pues la tabula se hallaba muy fragmentada. Al intento de desentrañar el fundamento de la controversia planteada y los personajes intervinientes en el litigio, presentes en la tabula, se dirigen las lÃneas expresadas a continuación
Los pagi, estructuras territoriales básicas en la organización administrativa romana
Este artÃculo trata sobre los pagi, estructuras rurales elementales, que se en- cuentran ya en los primeros tiempos de Roma. Además de resaltar la doctrina actual sobre el tema, se examinan varios textos que sirven de apoyo para las conclusiones finales que tratan de aportar luces sobre la finalidad del pagus. Los textos, ordenados cronológicamente, son: la tabula Veleiana, la lex rivi Hiberiensis, una sentencia judicial del año 193 d.C., un pasaje de Ulpiano y varios fragmentos de Siculo Flacco.
This article is about the pagi, basic rural structures, established in the early days of Rome. In addition to highlighting the current doctrine on the subject, this paper will examine several texts that support its final conclusions in order to shed light on understanding what a pagus is. The texts, in chronological order, are: the tabula Veleiana, the lex rivi Hiberiensis, a judgment from the year 193 A.D., a passage by Ulpiano and several shorter passages by Siculo Flacco
El cuidado y administración de las aguas previsto en dos leyes municipales de la Hispania romana
The purpose of this work is the analysis and comparison of chapters related to the use of water present in two laws of the Roman Hispania, and the competence of munici- pal bodies in this area. For contextualization, I considered useful, previously make some general notes summarizing the meaning of municipal law and the political and adminis- trative constitution of the societies to which they were addressed
Sobre la construcción del principio pacta sunt servanda rebus sic stantibus, su aplicación a los contratos y estado actual de la cuestión
El presente arti´culo desarrolla la comunicacio´n presentada por la autora en la 68 Session de la SIHDA (Regulae iuris: racines factuelles et jurisprudentielles, retombe´es pratiques) que tuvo lugar en Na´poles durante los di´as 16 a 20 de septiembre de 2014.
La grama´tica, la filosofi´a y el me´todo cienti´fico tuvieron una gran influencia en la labor creadora llevada a cabo por la jurisprudencia romana en torno a las regulae. Los diversos significados del te´rmino, y el paso de las regulae a los principios generales, han sido estudiados intensamente por los autores; muestra de ello es la abundante literatura romani´stica existente en torno al tem
Anotaciones acerca de la discapacidad en derecho romano
Las condiciones de vida y las limitaciones jurÃdicas de las personas ciegas, sordas, mudas, sordomudas y con discapacidad psÃquica, intelectual y fÃsica en la Roma antigua, es un amplio tema tratado por S. Castán en su monografÃa titulada Discapacidad y Derecho romano, publicada en la editorial Reus S.A., Madrid 2019 (289 págs.). Le precede un interesante prólogo de la profesora M. Pereña..
Aproximación al estudio de la experiencia jurÃdico-romana. Fuentes del Derecho Romano.
La cuestión tratada en el presente trabajo es el estudio de las fuentes del Derecho Romano, desde las arcaicas costumbres, hasta los últimos códigos justinianeos. Cuando hablamos de fuentes del derecho hay que tener en cuenta la siguiente aclaración: - Fuentes de conocimiento: Son los elementos que nos permiten reconstruir el proceso de formación del Derecho romano a través de sus épocas históricas. En este punto entrarÃan principalmente las fuentes literarias, epigráficas etc. Dentro de las fuentes de conocimiento, a su vez se dividen en jurÃdicas (aquellas que se refieren al Derecho, como la Ley de las XII Tablas o las instituciones de Gayo) y extrajurÃdicas (aquellas que nos traen el Derecho por referencia, toda aquella obra literaria que nos permita reconstruir el Derecho romano) - Fuentes de producción: Son los organismos productores de las leyes o normas jurÃdicas romanas, en las cuales incluirÃamos los comicios, el Senado, el emperador, el pretor o las asambleas populares
"Foedera Populi Romani": Tratados internacionales del Pueblo Romano
Los foedera eran los tratados que Roma establecÃa con otros pueblos de la antigüedad. Sirvieron como un instrumento utilizado por el pueblo romano para llevar a cabo su expansión anexionándose otro pueblos extranjeros. Este tipo de tratados internacionales también servÃan para establecer alianzas defensivas con las que Roma podÃa asegurar su hegemonÃa en un territorio concreto. El trabajo incluye una explicación de quiénes eran los faciales, sacerdotes encargados de llevar a cabo el establecimiento de un foedus entre Roma y un pueblo de la antigüedad. Para explicar bien cómo funcionaban los foedera, he decidido utilizar los acuerdos entre Roma y Cartago, antes de la Primera Guerra Púnica, como claro ejemplo del contenido de estos tratados