71 research outputs found

    El federalismo judicial y los derechos humanos en Verecruz

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    El objetivo general de esta investigación es explicar cómo se integran la protección federal de los derechos humanos en México y la protección estatal, tomando como referencia el caso del Estado de Veracruz. Los derechos establecidos en la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos contienen los derechos mínimos y son susceptibles de ser ampliados en las legislaciones estatales. El acatamiento a los principios de definitividad de la instancia y cosa juzgada implica el respeto a la autonomía de las entidades federativas. Es por ello que los juzgados y tribunales establecidos al interior de ese orden deben conocer de la aplicación de normas válidas para el mismo, así como el control de la constitucionalidad de cada entidad. Las constituciones locales pueden incluir los derechos establecidos en el orden constitucional y ampliar los derechos, pero la problemática consistiría en que esa ampliación incluya instrumentos jurídicos que los hagan efectivos. El Juicio de Protección de los Derechos Humanos del Estado de Veracruz es el instrumento tutelar de los derechos humanos establecidos en la Constitución local. Existe la posibilidad de impugnar las violaciones de los derechos humanos reconocidos en la Constitución o en los tratados internacionales a través del juicio nacional o bien a través del juicio local y su justificación de existencia radica en que se permite una ampliación de derechos, pues un contenido extensivo no tendría utilidad sin un instrumento al interior que garantizara el orden local.Universos Jurídicos revista de derecho público y diálogo multidisciplinar. Instituto de Investigaciones Jurídicas, Universidad Veracruzana

    The Human Rights and their Protection in the State of Veracruz

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    The aim of this article is to explain how the federal and state protection of human rights in Mexico are integrated, taking as reference the case of the state of Veracruz. The research used inductive, deductive, analytical and synthetic methods, through which, starting from analysis of the protection of human rights in a state of the republic, conclusions are reached regarding treatment of this protection at the federal level. Conclusions are that the rights enshrined in the Federal Constitution of the United States of Mexico contain minimum rights and are likely to be expanded in state legislatures. The Judgment of Protection for Human Rights in the State of Veracruz is the instrument for protecting human rights established in the state Constitution. The possibility exists to challenge violations of human rights recognized in the Constitution or in international treaties through national or local trials, and the justification of their existence is that an expansion of rights is allowed.El objetivo de este artículo es explicar cómo se integran la protección federal y estatal de los derechos humanos en México, tomando como referencia el caso del estado de Veracruz. La metodología utilizada son los métodos inductivo, deductivo, analítico y sintético, por medio del cual partiendo del análisis de la protección de los derechos humanos en un estado de la república llegamos a conclusiones del tratamiento de esa protección a nivel federal. Concluyendo que los derechos establecidos en la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos contienen los derechos mínimos y son susceptibles de ser ampliados en las legislaciones estatales. El Juicio de Protección de los Derechos Humanos del estado de Veracruz es el instrumento tutelar de los derechos humanos establecidos en la Constitución local. Existe la posibilidad de impugnar las violaciones de los derechos humanos reconocidos en la Constitución o en los tratados internacionales a través del juicio nacional o bien a través del juicio local, y su justificación de existencia radica en que se permite una ampliación de derechos

    La globalización del derecho del trabajo y la flexibilidad laboral como incentivo del desarrollo social y económico

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    In this test the current problems of labor law I discussed in the context of economic globalization and technological advances, prompting the "labor flexibility" in its various forms, which blur the traditional labor law, characterized essentially stability in employment and employer's liability for unfair dismissal, to adopt atypical work arrangements are a reflection of the recession, where some companies impose wage cuts, outsourcing and precarious work, whose instability harms human rights and undermines worker productivity as a result of their consumption is depressed.En este ensayo se analiza la problemática actual del derecho laboral ,en el marco de la mundialización de la economía y los avances tecnológicos, que inducen a la llamada “Flexibilidad laboral” en sus diversas modalidades ,las cuales desdibujan el Derecho del Trabajo tradicional, caracterizado esencialmente por la estabilidad en el empleo y la responsabilidad patronal por despido injustificado ;para adoptar modalidades de trabajo atípico que constituyen un reflejo de la recesión ,donde algunas empresas imponen reducciones salariales, la subcontratación y el trabajo precario, cuya inestabilidad lesiona los derechos humanos del trabajador y va en detrimento de la productividad como consecuencia de que se deprime su consumo

    El federalismo judicial y los derechos humanos en Veracruz

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    The overall objective of this research is to explain how the federal protection of human rights in Mexico and the state protection are integrated, with reference to the case of the State of Veracruz. The rights in the General Constitution of the United Mexican States, and contain the minimum rights are likely to be expanded in state laws. Compliance with the principles of finality of res judicata instance and respect for the autonomy of the states. That is why the courts established within that order should be aware of the application of the same rules apply, and control of the constitutionality of each entity. Local constitutions may include the rights in the constitutional order and extend the rights, but the problem would be that this expansion includes legal instruments that make them effective. The Judgment of Protection of Human Rights of the State of Veracruz is the instrument to protect human rights under the state Constitution. There is the possibility of contesting the violations of human rights under the Constitution or international treaties through national or local trial through judgment and justification for existence is that an expansion of rights is allowed, as a content extensive would be useless without an instrument inside to guarantee the local level.El objetivo general de esta investigación es explicar cómo se integran la protección federal de los derechos humanos en México y la protección estatal, tomando como referencia el caso del Estado de Veracruz. Los derechos establecidos en la Constitución General de los Estados Unidos Mexicanos contienen los derechos mínimos y son susceptibles de ser ampliados en las legislaciones estatales. El acatamiento a los principios de definitividad de la instancia y cosa juzgada implica el respeto a la autonomía de las entidades federativas. Es por ello que los juzgados y tribunales establecidos al interior de ese orden deben conocer de la aplicación de normas válidas para el mismo, así como el control de la constitucionalidad de cada entidad. Las constituciones locales pueden incluir los derechos establecidos en el orden constitucional y ampliar los derechos, pero la problemática consistiría en que esa ampliación incluya instrumentos jurídicos que los hagan efectivos. El Juicio de Protección de los Derechos Humanos del Estado de Veracruz es el instrumento tutelar de los derechos humanos establecidos en la Constitución local. Existe la posibilidad de impugnar las violaciones de los derechos humanos reconocidos en la Constitución o en los tratados internacionales a través del juicio nacional o bien a través del juicio local y su justificación de existencia radica en que se permite una ampliación de derechos, pues un contenido extensivo no tendría utilidad sin un instrumento al interior que garantizara el orden local

    The indigenous constitutional jurisdiction in Oaxaca

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    Prospectiva Jurídica. Centro de Investigación en Ciencias Jurídicas, Justicia Penal y Seguridad Pública, Facultad de Derecho, Universidad Autónoma del Estado de México.Los pueblos indígenas han luchado históricamente por sus derechos colectivos. Derechos que le han sido reconocidos en el ámbito internacional, tales como el derecho de libre determinación y autonomía. A nivel nacional, los pueblos indígenas desde 2001, tienen garantizado constitucionalmente el derecho a ejercer dicha autonomía y un aspecto de ésta se puede manifestar en la administración de justicia. Este es el tema que nos refleja el Primer Tribunal Unitario del Décimo Tercer Circuito con sede en Oaxaca al emitir una sentencia, la cual se revisará, en la que se declina jurisdicción a favor de una comunidad indígena para que sus autoridades internas resuelvan el conflicto de acuerdo con su sistema normativo (usos y costumbres). El presente documento abarca los antecedentes fácticos de la sentencia, la sentencia del juzgado de distrito y, acompañados de una base documental, la revisión de la resolución del tribunal federal sobre la declinación de competencia.Prospectiva Jurídica. Centro de Investigación en Ciencias Jurídicas, Justicia Penal y Seguridad Pública, Facultad de Derecho, Universidad Autónoma del Estado de México

    El Derecho Cultural como derecho fundamental en México

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    In this article explains how through the constitutional reforms of 2009 and the UNESCO Convention of 2003, will form the legal foundation forcing the Mexican state to establish constitutional law and regulatory law the human right to culture. It is through this reform that the ability to generate sufficient and efficient assertive cultural policy in the sense that he was not left to the ruler in turn the decision to support cultural development is opened, but as an obligation constitutional and conventional constrains to obey the command instructs the relevant cultural politic.En el presente artículo se explica como a través de las reformas constitucionales de 2009 y la convención de la UNESCO de 2003, van a conformar el basamento legal que obliga al estado Mexicano a establecer en la ley constitucional y en una ley reglamentaria el derecho humano a la cultura. Es a través de esta reforma que se abre la posibilidad de generar una política cultural asertiva suficiente y eficiente, en el sentido que no se le deja al arbitrio del gobernante en turno la decisión de apoyar el desarrollo cultural, sino que como obligación constitucional y convencional lo constriñe a obedecer el mandato que ordena la política cultural correspondiente

    Límites y alcances de la interpretación constitucional de la Suplencia de la Queja en Amparo Penal y los Derechos Humanos a partir de la Reforma Constitucional y Legal de 2011

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    El Juicio de Amparo en México con motivo de la reforma constitucional de 2011 y legal se ha transformado sustancialmente, principalmente su procedencia, ya que actualmente se ejerce contra normas generales, actos y omisiones de autoridad y excepcionalmente contra particulares que violen los derechos humanos consagrados en la Constitución y en los Tratados Internacionales en el que el Estado mexicano se aparte, procedimiento que es regulado por el sistema de Control Constitucional y Convencional; se puede tramitar por dos vías, la primera de manera indirecta ante Jueces de Distrito en competencia ordinaria, concurrente y auxiliar y ante los tribunales Unitarios de Circuito, y la segunda de manera directa ante los Tribunales Colegiados de Circuito, procedimientos en los que se deben observar una serie de principios sobre los cuales se regula su substanciación, algunos han subsistido en lo general, pero otros se han transformado, lo que ha impactado en sus excepciones, como es la denominada Suplencia de la Queja, sobre todo en materia penal, puesto que éste no será aplicado de manera total e indiscriminadamente, puesto que tiene alcances y límites, los que serán analizados para conocer su aplicabilidad y eficacia

    Education as a means for strengthen human rights

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    La educación es un derecho humano que se debe conocer de manera integral, está regulada en nuestra Carta Magna en la cual se señala claramente los fines de esta. En el presente trabajo se hace una reflexión acerca de la importancia de la educación en derechos humanos.Palermo Business Review, Fundación Universidad de Palermo, Graduate School of Busines

    El derecho fundamental a la protección de datos personales de las personas con calidad de servidores públicos

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    En este artículo se pretende analizar el marco jurídico nacional e internacional del derecho al acceso a la información pública, en torno a la protección de la dignidad humana pretendiendo proponer la protección de datos personales de servidores públicos en calidad de sujetos obligados con el objeto de evitar su posible vulneración

    Los derechos de autor y conexos del arte de la música

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    In this paper the importance of musical art, its social and educational function within the community, how it is influenced by the values, and the function of integrating and balancing the culture as a whole multifactorial, constituting one of explained the most important and far-reaching forms of expression. Music is a natural manifestation of human voluntary, conscious being, and part of the greatness and dignity of the human essence. This is, without doubt, one of the more transcendent, ethical creations that must be regulated and protected by copyright and related rights.En el presente trabajo se explica la importancia del arte musical, su función social y educativa dentro de la comunidad, la forma en que es influenciada por los valores, además de la función de integrar y equilibrar la cultura como un todo multifactorial, constituyendo una de las más importantes y trascendentes formas de expresión. Es la Música una manifestación natural del ser humano, voluntaria, consciente, y participe del engrandecimiento y dignificación de la esencia humana. Constituye ésta, sin lugar a dudas, una de las creaciones éticas, más trascendentes, que deben ser reglamentadas y protegidas por los derechos de autor y los derechos conexos
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