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    Estudios contemporáneos de derecho mercantil

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    Sin duda alguna, presentar un libro es un reto, más aún en un tema tan amplio y complejo como es el derecho comercial. No obstante, cuando se nos propuso acometer una tarea de tal magnitud, la aceptamos por esa inclinación que nos conduce a los seres humanos a buscar, investigar, indagar y, esencialmente, a conocer. Desde luego, en aquel momento no podíamos saber a profundidad lo interesante o no que podría resultar la obra que teníamos en las manos y, por tanto, lo que nos impresionaba era su título, la denominación de los capítulos que lo integraban y, principalmente, la trayectoria de sus autores que, de antemano, nos llevaban a presagiar la rigurosidad con la que se acercarían a los temas abordados. Sin más y entendiendo que presentar es dar a conocer algo al público, comenzaremos reflexionando sobre la pertinencia de su título, intentando esclarecer si este refleja su contenido o sólo es una manera de llamar la atención de los lectores. “Estudios contemporáneos de derecho mercantil”, nombre con el cual los coordinadores y los autores decidieron designar la obra, sugiere primordialmente dos cuestiones: la primera se refiere a la categoría de “Estudios”, indicativa en que cada uno de los capítulos que lo integran es el resultado de un trabajo que implicó conocimiento, análisis y, en especial, la comprensión de uno o más problemas para ofrecer respecto a ellos posibles soluciones, ejercitando el entendimiento individual y, a su vez, moviendo la frontera del conocimiento de la ciencia jurídica. La segunda categoría sugiere al lector que los objetos de investigación sobre los cuales se basa el libro se relacionan con temas propios de la actualidad y que, por lo tanto, indagar ellos es importante por cuanto ayuda a la construcción de soluciones a retos que enfrenta la sociedad. Después de haber leído cada uno de los capítulos que componen el libro, podemos afirmar que su título hace justicia, con los objetivos que los doce autores se trazaron, resaltando que, a diferencia de muchos textos del derecho privado, en él se encuentran verdaderos frutos del intelecto y no simplemente un compendio de normativa comentada, por lo cual los lectores podremos observar con rapidez que, sin abandonar las fuentes del derecho, los once estudios presentados rebasan visiblemente la fase descriptiva, logrando situarse en un escenario superior, en el que a partir de preguntas, se sugieren posibles respuestas y, posteriormente, logra corroborarse la hipótesis planteada, es decir, se muestran como auténticos resultados de investigación. Ahora, respecto a la actualidad de los estudios o mejor a su contemporaneidad, cada una de las preguntas planteadas que orientaron las investigaciones, se refieren a temáticas del derecho que están en boga y cuyo aporte a su discusión son de interés para la sociedad, como escenario en el que nacen y se tejen las relaciones entre las personas y que a su vez son reguladas por la normatividad, resultando así de importancia tanto para los estudiantes como para los investigadores, litigantes, jueces e incluso para el ciudadano no relacionado profesionalmente con la ciencia jurídica. Para profundizar un poco en las características intrínsecas del libro, aceptando que presentar también implica hacer referencia a las cualidades de algo o alguien, quisiéramos manifestar por qué la lectura de las páginas que integran el libro resultan de importancia para los grupos a los que se hizo referencia. El derecho mercantil es un área dentro de la ciencia jurídica que, como consecuencia de la clasificación del derecho, en público y privado, parece ajena al diario vivir de las personas y de sus derechos, llegando al punto de que, un ciudadano no instruido en las Facultades de Derecho podría considerarse ajeno a sus disposiciones. Pese a ello, una de las principales cualidades del texto es la comprensión del derecho mercantil como una disciplina en la que el protagonista no es únicamente el empresario, como por lo general suele afirmarse, sino el consumidor, sin que con ello se desconozca que hoy se habla de la existencia del derecho del consumo o del consumidor. Dicha comprensión del derecho mercantil comprende que el empresario o comerciante ejecuta todos sus actos, celebra contratos, se asocia y contrae obligaciones, con el objetivo de organizar, ejecutar su actividad comercial para atraer consumidores que pueden ser, personas naturales o jurídicas, comerciantes y no comerciantes, por lo cual esta disciplina jurídica no puede ser ajena a la regulación que frente al consumidor se expida. Teniendo dicho faro como norte, uno de los capítulos que contiene la presente obra es el escrito por Iván Darío Taborda que con suma contundencia evidencia la necesidad de reglamentar la responsabilidad por servicio defectuoso. Una de las virtudes del mencionado capítulo es la de tomar las disposiciones que regulan el tema, analizarlas meticulosamente, revisar su aplicación y, finalmente, detectar la anomia que existe frente al servicio defectuoso en Colombia. Es de resaltar que, además de retomar las fuentes del ordenamiento nacional, el jurista revisa cómo la Ley ha organizado el objeto de investigación en otros sistemas jurídicos. Además, el capítulo le será sumamente valioso al estudiante, pues ejemplifica el problema, con lo cual se atiende a una de las necesidades que el científico Rodolfo Llinás considera imprescindibles a la hora de enseñar, esto es, logra darles contexto a los conceptos que analiza1, dejando así al abogado en formación en capacidad de recrear el problema y darle posibles soluciones, animando el espíritu propositivo y reflexivo al permitir contradecir o apartarse de la conclusión a la cual el autor arriba

    Risk of COVID-19 after natural infection or vaccinationResearch in context

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    Summary: Background: While vaccines have established utility against COVID-19, phase 3 efficacy studies have generally not comprehensively evaluated protection provided by previous infection or hybrid immunity (previous infection plus vaccination). Individual patient data from US government-supported harmonized vaccine trials provide an unprecedented sample population to address this issue. We characterized the protective efficacy of previous SARS-CoV-2 infection and hybrid immunity against COVID-19 early in the pandemic over three-to six-month follow-up and compared with vaccine-associated protection. Methods: In this post-hoc cross-protocol analysis of the Moderna, AstraZeneca, Janssen, and Novavax COVID-19 vaccine clinical trials, we allocated participants into four groups based on previous-infection status at enrolment and treatment: no previous infection/placebo; previous infection/placebo; no previous infection/vaccine; and previous infection/vaccine. The main outcome was RT-PCR-confirmed COVID-19 >7–15 days (per original protocols) after final study injection. We calculated crude and adjusted efficacy measures. Findings: Previous infection/placebo participants had a 92% decreased risk of future COVID-19 compared to no previous infection/placebo participants (overall hazard ratio [HR] ratio: 0.08; 95% CI: 0.05–0.13). Among single-dose Janssen participants, hybrid immunity conferred greater protection than vaccine alone (HR: 0.03; 95% CI: 0.01–0.10). Too few infections were observed to draw statistical inferences comparing hybrid immunity to vaccine alone for other trials. Vaccination, previous infection, and hybrid immunity all provided near-complete protection against severe disease. Interpretation: Previous infection, any hybrid immunity, and two-dose vaccination all provided substantial protection against symptomatic and severe COVID-19 through the early Delta period. Thus, as a surrogate for natural infection, vaccination remains the safest approach to protection. Funding: National Institutes of Health
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