Análisis del Inciso c) del Artículo 1710 del Código Civil y Comercial de la Nación : ¿Prevención o Mitigación?

Abstract

El paradigma preventivo es una de las novedades legislativas más importantes que ha traído consigo la reciente reforma Civil y Comercial de nuestro régimen codificado. A la vez, se ha producido también un tratamiento erróneo dentro de la norma que lo regula (Art. 1710, inciso c)), en especial, cuando el que debe actuar es el propio damnificado, al sostener el mismo esquema preventivo cuando el daño ya se ha producido. Semejante no resulta ser superficial, sino metodológico, pues implica desconocer una figura completamente autónomaa la prevención, como lo es la mitigación del daño por el acreedor o perjudicado. De honda importancia en materia de determinación del quantum indemnizatoriopara la víctima. Lo que no implica el compartir los mismos principito nutrientes con la prevención: neminem laedere, la buena fe y reparación plena. Siendo de importancia el determinar si se trata de un problema ligado a la causalidad (como pareciera), o si lo que domina el escenario de actuación de la víctima que mitiga confluye en un deber, una carga o una obligación.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale

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