Plausibilidad del procesamiento penal de hechos calificados como delitos de lesa humanidad en Ecuador previo a la vigencia del Estatuto de Roma : caso Alfaro vive carajo

Abstract

127 páginasEn Ecuador, en el año 2008, mediante decreto ejecutivo suscrito por el economista Rafael Correa Delgado, se creó la Comisión de la Verdad, la que, en su informe final “Sin verdad no hay justicia” calificó como delitos de lesa humanidad a los hechos ocurridos durante la presidencia de León Febres Cordero (1984 – 1988), lapso durante el cual el gobierno creó unidades especiales para combatir y erradicar la subversión, específicamente, las acciones provenientes del grupo subversivo armado Alfaro Vive Carajo (AVC), que para 1986 contaba con alrededor de 300 miembros. El informe de la Comisión permitió el adelantamiento de dos procesos judiciales –penales– en contra de los presuntos responsables de los delitos (privación ilegal de la libertad, tortura, delitos sexuales y ejecución extrajudicial), ninguno de los cuales ha alcanzado etapa de juicio, aun cuando han transcurrido 7 y 5 años, respectivamente, desde la formulación de cargos. Esta demora sustancial responde, principalmente, a la metodología seleccionada por Fiscalía para investigar e imputar los crímenes y la dificultad teórica de caracterizar los delitos, lo que condujo a un trasplante, sin un análisis de contexto, de la jurisprudencia de tribunales penales internacionales (Núremberg, ex Yugoslavia y Ruanda), a un escenario latinoamericano distinto.On 2008 in Ecuador, the economist Rafael Correa Delgado signed an executive act in order to crate the Truth Commission, which final report was named “Without truth there is no justice”. The report establishes that crimes against humanity were committed during the presidency of León Febres Cordero (1984 - 1988) and that his government created special units to fight and eradicate subversion, specifically, the actions planned and executed by the armed subversive group Alfaro Vive Carajo (AVC), which in 1986 was conformed by proximally 300 members. The Commission's report allowed the beginning of two judicial proceedings –criminal ones– against those allegedly responsible for the crimes (illegal deprivation of liberty, torture, sexual crimes and extrajudicial execution), none of which has reached the trial hearing, even when 7 and 5 years has passed, respectively, since charges formulation. This substantial delay responds, mainly, to the methodology selected by the Prosecutor's Office to investigate and impute crimes and the theoretical difficulty of characterizing crimes, which led to a transplant, without a context analysis, of the jurisprudence of international criminal courts (Nuremberg, former Yugoslavia and Rwanda), to a Latin American different scenario.Magíster en Justicia y Tutela de los Derechos con énfasis en Derecho ProcesalMaestrí

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