The Transparency constitutional reforms approved in 2014, defined an openness regime for all Mexican political parties as subjects to the access to information legislation. This article analyzes the application of the new obligations since, no legal certainty has been granted regarding the conception of political parties as obligated subjects by law, which affects the guarantee of the fundamental right of access to information. The legal problem lays in the institutional design of the legislation. This is because, on the one hand, the same political party with a national registry is covered by the national and state legislations differently; and on the other, there is a double competence of the overseing agencies to review oppeness from the political parties in Mexico.Las reformas constitucionales de 2014 en materias político electoral y de transparencia son armónicas y convergen estratégicamente en un esquema de apertura al incorporar a los partidos políticos como sujetos obligados directos de transparencia. Este artículo analiza la aplicación de este nuevo régimen, ya que, hasta el momento, no se ha otorgado certeza jurídica sobre la concepción de los partidos políticos como sujetos obligados, lo que afecta la garantía del derecho fundamental de acceso a la información. En este sentido, se evidencia el problema jurídico que existe debido al diseño estructural de la legislación en materia de transparencia y su aplicación. Esto se debe a que, por un lado, el mismo partido político con registro nacional se considera como sujeto obligado de manera diferente a nivel federal y estatal, y, por el otro, existe una doble competencia de los organismos garantes para conocer los recursos de revisión, en el caso de la participación de los partidos políticos nacionales en el ámbito estatal