Del daño moral a las personas jurídicas

Abstract

El eje central de la discusión siempre ha discurrido por el concepto mismo de “daño moral”, de cuya definición se deriva, si las personas jurídicas pueden estar legitimadas para reclamar la indemnización de dicho perjuicio. En nuestro país la cuestión despertó verdadero interés a partir de las II Jornadas Sanjuaninas de Derecho Civil, realizadas entre agosto y septiembre de 1984, donde afloraron marcadas diferencias que aún permanecen vigentes.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales (JURSOC

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