Propuesta de armonización del Sistema Nacional de Control de Alimentos de la República Argentina

Abstract

El actual Sistema Nacional de Control de Alimentos (SNCA) de Argentina, se estableció a través del Decreto PEN 815/1999 con un objetivo primordial “asegurar el fiel cumplimiento del Código Alimentario Argentino (CAA)”. Este último creado en 1969 a través de la Ley 18.284, y reglamentado en 1971 por el decreto 2126. El decreto 815/1999, estableció el actual SNCA mediante el uso de dos organismos del Estado como pilares: Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) dependiente del actual Ministerio de Agroindustria, y la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnológica Médica (ANMAT), del Ministerio de Salud. El SNCA otorgó facultades y obligaciones a cada uno de ellos, creó la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) cuya función es principalmente modificar el CAA, definió quién y cómo se fiscalizarán los productos alimenticios que se elaboran, importan y exportan desde y hacia Argentina, estableció la creación de una “única base de datos informatizada”, y rigió las “competencias concurrentes” para el control de los productos lácteos. Para ello, consideró toda la legislación sanitaria preexistente y, sin derogar ni modificar ninguna de ellas, redistribuyó y reasignó facultades y obligaciones de manera diferente a como lo era hasta ese momento. Finalmente invitó a las provincias a adherirse, acción que la mayoría de estas nunca formalizó. El resultado del análisis cronológico de toda la legislación sanitaria nacional vigente, del Decreto 815/1999 (y el SNCA), de las acciones de los organismos responsables del control de alimentos, y de entrevistas realizadas a funcionarios vinculados al Sistema, evidenció que la ausencia de bases de datos única, confusiones en algunos casos acerca de quién es la Autoridad Sanitaria Nacional (ASN) competente y qué normativa aplicar, la doble imposición de registro de productos y establecimientos en aquellos que se encuentran bajo la órbita del SENASA, la falta de cabinas sanitarias conjuntas en aduanas y puestos fronterizos para los productos alimenticios importados, y la ausencia de una ‘competencia concurrente’ para el control de los establecimientos y productos lácteos, resultaron en un incorrecto funcionamiento del SNCA, incumpliendo su objetivo primordial, ‘asegurar el fiel cumplimiento del CAA’. Como propuesta final, se establece la necesidad de promulgar una Ley que cree un nuevo SNCA, que contemple toda la legislación sanitaria nacional vigente, la experiencia de los actores del actual Sistema, y de las acciones concretas de todos los organismos responsables del control de alimentos en la República Argentina.Facultad de Ciencias Veterinaria

    Similar works