Con los cambios que se dan continuamente en las leyes tributarias, es menester encontrar una
solución para poder evitar que se produzcan con gran frecuencia los delitos tributarios y que al
juzgar tengamos leyes claras y eficaces. Que estos temas sean una fuente de consulta para el
contribuyente.
a) La cultura tributaria en nuestro país, es prácticamente nueva, porque si bien ya existía
en nuestros códigos las leyes tributarias, la sociedad no tenía amplios conocimientos y
poco a poco se han venido incluyendo en el quehacer de la sociedad y uno de los
objetivos de este estudio es profundizar en el estudio de lo que se trata el delito tributario.
b) El delito tributario debe ser sancionado, y otro de los objetivos es conocer el
procedimiento penal tributario, analizar la jurisdicción y competencia.
El delito aduanero de contrabando consiste en el ilícito y clandestino tráfico internacional de
mercancías, o en todo acto de simulación, ocultación, falsedad o engaño que induzca a error a la
autoridad aduanera, realizados para causar perjuicios al fisco, evadiendo el pago total o parcial
de impuestos o el cumplimiento de normas aduaneras, aunque las mercancías no sean objeto de
tributación.
Existe consenso a nivel general, y con ello me refiero a la Comunidad Internacional por reducir
los delitos aduaneros, con el fin de fomentar la honestidad y concretar el Principio de Legalidad,
mantener el de Igualdad y la competitividad.
Por cuanto se trata constantemente de mejorar las políticas tributarias y cubrir los vacíos legales
que encontramos, es imprescindible tomar medidas para erradicar este problema.
Existen avances en este campo como el incremento de las verificadoras en el control tributario
que es importante todos los medios para mejorar el sistema.
Con este trabajo se quiere hacer una investigación sobre la legislación, la jurisprudencia y la
doctrina que los tratadistas han proporcionado sobre el ilícito tributario, haciendo una
armonización de la ley tributaria con la ley penal