El Mercosur tiene establecido un procedimiento obligatorio de solución de controversias comerciales entre sus Estados miembros. No obstante, en caso de surgir una controversia, el Estado demandante y el demandado pueden pactar de mutuo acuerdo que la misma no se someta al procedimiento ordinario de solución, sino a un Tribunal arbitral ad hoc. En este trabajo, se analiza la elaboración de las dos listas de árbitros, la constitución de cada Tribunal arbitral ad hoc, el procedimiento y la obligatoriedad del laudo