16 p.El Estado ha tenido un amplio desarrollo teórico a lo largo de la historia de la humanidad, sin embargo, se puede concluir que, en esencia, cada uno de los pensadores lo determinan como una entidad creada, en toda sociedad, para la protección de los derechos de cada uno de los integrantes de la misma. En este sentido, para el caso colombiano, el Estado se instituyó como uno con carácter Social de Derecho, a partir de la Constitución Política de 1991. Así, se obliga a proteger cada uno de los derechos consagrados en la Carta Magna, puesto que la finalidad misma del Estado es fortalecer la unidad de la Nación y asegurar a sus integrantes la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, el conocimiento, la libertad y la paz (Const., 1991). Al igual, tiene el deber de proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares (Const., 1991, art. 2).Este capítulo presenta resultados del proyecto de investigación La convencionalización del Derecho: el caso del ordenamiento jurídico colombiano desde la justicia multinivel y el posconflicto, que forma parte de la línea de investigación Fundamentación e implementación de los Derechos Humanos, del grupo de investigación Persona, Instituciones y Exigencias de Justicia, del Centro de Investigaciones Socio jurídicas (CISJUC), de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Colombia.Conceptualización del CM
CM Europeo
Justicia multinivel y CM
CM y Sistema Interamericano de Derechos Humanos
Conclusione