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El derecho a la protección de datos personales y la responsabilidad de la administración pública en el tratamiento de datos personales

Abstract

27 p.A partir de la doble función que desempeña el Estado, se plantea el análisis de la presente investigación, que busca dilucidar cuál es la responsabilidad de la administración pública cuando hace tratamiento de datos personales y cuál es la eficacia de sus facultades de vigilancia y control a dos años de haber entrado en vigencia la Ley 1581 del 2012. El primer postulado trae consigo varios retos importantes que se deben abordar cuando las entidades de derecho público actúan como responsables del tratamiento. Los principales cuestionamientos que surgen están enfocados a aclarar si las entidades de derecho público de los ámbitos nacionales, regionales y locales requieren de autorización para el tratamiento de datos personales. La respuesta positiva conlleva a preguntarse si están obligadas a cumplir con todos y cada uno de los deberes a que obliga la ley o si por el contrario están exceptuados de implementar una política de protección de datos personales, medidas técnicas, humanas y administrativas dentro de sus organizaciones que garanticen el correcto tratamiento de los datos personales, como lo están obligadas las entidades de derecho privado. Así mismo, es igualmente importante revisar cuáles son las responsabilidades administrativas y disciplinarias que se derivan del tratamiento no autorizado de los datos personales y cuáles sus consecuencias. Tales proposiciones hacen repensar la manera como las entidades recogen, almacenan, tratan y eliminan información personal. Tal actividad, propia de las funciones que realizan, les sugiere el reto de llegar a determinar qué datos poseen, qué uso les están dando y con qué finalidad recolectan y tratan permanentemente información personal de los ciudadanos.La administración pública como responsable del tratamiento de datos personales Consideraciones básicas Obligaciones de la administración pública como “responsable de la información” en el tratamiento de datos personales La administración pública como autoridad de control Conclusione

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