24 p.Antes de la expedición del Código napoleónico, en 1804, el sistema de traslación de la propiedad que regía en gran parte del continente americano era el introducido por el reino de Castilla, de estirpe romana justinianea o de Derecho bajo medieval. El Código de las Siete Partidas (de 1256 a 1265) y otras normatividades de la época estipulaban en su mayoría que el contrato de compraventa era un acto consensual y obligacional, que no imponía al vendedor la obligación de transferir la propiedad de la cosa, sino que le indicaba el deber de entregarla con todos sus accesorios y al comprador, el pago del precio.La relación de la compraventa y la tradición: evidencia de una consensualidad para transferir propiedad
El sistema de traslación de la propiedad asumido por Colombia
La teoría causalista del título y modo, mecanismo para transferir la propiedad y entregar la cosa vendida
La vigencia de la “tradición” como modo para transferir derechos y transmitir cosas y su presencia en la definición de la compraventa
Dar, transferir o transmitir: tres expresiones para describir la obligación de trasladar la propiedad en la teoría causalista del título y del modo
La transferencia y la transmisión, dos criterios de calificación para los actos de compraventa y tradición
Dificultades para calificar el contrato de compraventa como fuente de la obligación de transferir el derecho de propiedad y la tradición como acto convencional que concreta dicha traslació