12 p.Este tipo penal fue ubicado en el Código Penal de 1980 dentro de los delitos contra la autonomía personal. Después, en el Código Penal del 2000, fue colocado en un capítulo autónomo de los delitos contra la libertad individual, “pues si bien no responde a la descripción de la conducta de secuestro propiamente dicha, sí comporta una retención ilegal de personas y por ello se hace conveniente ubicarlo en el capítulo inmediatamente posterior al que regula el secuestro” (Fiscalía General de la Nación, 1998, p. 45). Posterior a esto, solo ha tenido una modificación por el aumento de penas mediante la Ley 890 del 2004Legislación internacional y nacional
Derecho comparado
La clasificación del tipo
El tipo objetivo
El agravante específico
El concurso con otros delito