30 p.Esta segunda parte tiene por objeto presentar aquello que, de acuerdo con cierta opinión, constituye el ámbito de mayor impacto de la criminología crítica dentro de la realidad jurídico-penal. Por fuera de las discusiones políticas, la criminología crítica, entendida en un sentido amplio -es decir, como un conjunto de posturas críticas frente al sistema penal-, muestra su mayor riqueza en el campo epistemológico, dado que ha destruido la concepción positivista, normativista y técnico-jurídica del derecho penal. Por ello, el título del texto se refiere, en primera instancia, al carácter deconstructivo de esta visión. Deconstruye, por un lado, la definición legal del sistema penal y su pretendida objetividad y, por otro, la normalización de categorías jurídicas a través de discursos ontológicos y técnico-jurídicos.Locus de enunciación: criminología crítica o sociología jurídico-penal en oposición a la criminología positivista
La genealogía y la arqueología de Michel Foucault: el análisis de dispositivos en concreto
La sociología comprensiva de Max Weber
Sentido de una sociología comprensiva
Relación con la psicología
Relación con la teoría jurídica
El actuar en comunidad
La asociación y el actuar en sociedad
El consens