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De las medidas cautelares innominadas: un estudio sobre el principio de proporcionalidad y razonabilidad como límites a la potestad cautelar del juez

Abstract

Artículo de investigaciónA partir de un análisis de las medidas cautelares innominadas en Colombia, se abordó si el principio de proporcionalidad, razonabilidad y apariencia del buen derecho resultan ser suficientes como límites a la potestad cautelar, o si por el contrario, esta institución pugna por robustecer los poderes del Juez en detrimento de las partes. Se analizaron los aspectos generales de las medidas cautelares, su naturaleza y finalidad como instrumentos útiles para que la decisión judicial pueda hacerse efectiva, se estudiaron los presupuestos generales y específicos de las cautelas y se examinó someramente a cerca de su materialización y de la necesidad de garantizar el pago de los perjuicios que se puedan causar por el uso inadecuado de éstas. Posteriormente, la investigación se centró en el estudio de las medidas cautelares en los procesos declarativos civiles, principalmente en lo que tiene que ver con las medidas cautelares innominadas y en este estadio se analizaron aspectos tales como su naturaleza, los requisitos generales para ser decretadas y los supuestos que debe tener en cuenta el Juez para la procedencia de dichas medidas. En lo que atañe a los cambios que trae el Código General del Proceso en tema de cautelas y principalmente lo atinente al literal c del artículo 590 de este estatuto procesal, que aunque novedoso para el procedimiento civil, principalmente en lo que tiene que ver con los procesos declarativos, se vio que de antaño en nuestro ordenamiento ya se encontraban circunscritas en otros eventos las medidas cautelares atípicas. Aunque se podría catalogar a las medidas cautelares innominadas como un instrumento plausible debido a las apremiantes necesidades de justicia de nuestra sociedad con el cual se busca asegurar efectivamente a las partes de los derechos reconocidos en la ley sustancial, la investigación dio cuenta que aunque los principios de proporcionalidad, razonabilidad y de apariencia del buen derecho, así como los demás postulados del artículo 590 del Código General del Proceso no resultan ser del todo suficientes para garantizar el ejercicio del derecho de las partes, pues, en la medida en que las cautelas innominadas se tomen como regla general es muy probable que se desborde el poder discrecional de los jueces.PregradoAbogad

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