Centro Internacional de Estudios Superiores de Comunicación para América Latina (CIESPAL)
Abstract
La Constitución española recoge en su artículo 20.1 el derecho a la libertad de expresión y a la libertad de información. Este doble reconocimiento, sin embargo, ha sido superado tanto por la ciencia jurídica como por la doctrina constitucional. Así, Lluis de Carreras Serra (39) señala que, según el Pacto Internacional de Nueva York y el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades fundamentales, la libertad de expresión se compone de dos derechos fundamentales: el de la libertad de opinión y el de la libertad de información (sic).53-5