Cultural heritage, urban planning and management: Alta Gracia, 1999- 2006

Abstract

The inclusion of the Jesuit estate of Alta Gracia in UNESCO's World Cultural and Natural Heritage list propitiated the opportunity for the elaboration of a set of measures to protect and regulate land use concerning the cultural asset's immediate environment. In Alta Gracia, preservation guidelines began with the Ordinance for Cultural Assets No. 4368/99, then continued with the Manual of Proceedings for Level One Protection Area (Ordinance No. 4518/99). Seven years after the promulgation of these protection measures, it is in order to evaluate their effectivity, especially since the protection measures for Level Two Protection Area are currently under way. Understanding site planning and management as the regulation of a unique architectural type and its urban environment, this article intends to present the analysis of such experiences.La necesidad de proteger y gestionar los Bienes Culturales de Alta Gracia cuando la UNESCO incluye a la Estancia Jesuítica de Alta Gracia en la Lista de Patrimonio de la Humanidad, propicia la elaboración de una normativa para regular las actuaciones en el área próxima a dichos bienes. La planificación y la gestión del sitio debe entenderse como la regulación de un tipo arquitectónico singular y su entorno urbano, es decir que la planificación y la gestión se deben adaptar a una diversidad de elementos que a su vez poseen distintos dominios. La regulación se inició con la O. Nº 4368/99 de Bienes Culturales, para continuar con el Manual de Procedimientos para las Actuaciones en el Área de Protección de Primer Orden, O. Nº 4518/99. A siete años de su redacción, hoy se evalúa su efectividad y se elabora la ordenanza del Área de Protección de Segundo Orden, siendo la síntesis de la experiencia lo que se pretende trasmitir en este artículo.La necesidad de proteger y gestionar los Bienes Culturales de Alta Gracia cuando la UNESCO incluye a la Estancia Jesuítica de Alta Gracia en la Lista de Patrimonio de la Humanidad, propicia la elaboración de una normativa para regular las actuaciones en el área próxima a dichos bienes. La planificación y la gestión del sitio debe entenderse como la regulación de un tipo arquitectónico singular y su entorno urbano, es decir que la planificación y la gestión se deben adaptar a una diversidad de elementos que a su vez poseen distintos dominios. La regulación se inició con la O. Nº 4368/99 de Bienes Culturales, para continuar con el Manual de Procedimientos para las Actuaciones en el Área de Protección de Primer Orden, O. Nº 4518/99. A siete años de su redacción, hoy se evalúa su efectividad y se elabora la ordenanza del Área de Protección de Segundo Orden, siendo la síntesis de la experiencia lo que se pretende trasmitir en este artículo

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