EL CONCEPTO DE JURISDICCIÓN EN EL ESTADO DEMOCRÁTICO DELIBERATIVO

Abstract

Desde hace mucho que el derecho procesal dejó el individualismo, al consolidarse una concepción publicista del proceso. De este modo, al admitirse que el derecho procesal corresponde a una rama del derecho público, es fuerza identificar también en el ejercicio de la jurisdicción, una manifestación del deber del Estado por lograr objetivos que le son propios y que preceden a los intereses particulares de las partes involucradas, obedeciendo también, por lo tanto, a objetivos políticos y sociales, entre los cuales, en el contexto de los Estados Democráticos, debemos destacar el de asegurar la participación popular a través del proceso[1].En una concepción deliberativa y democrática de Estado de Derecho, a diferencia de aquel concepto propio del contexto del liberalismo clásico, el principio democrático no se satisface con el solo ejercicio de su faz representativa en la instancia legislativa de participación popular, ni tampoco mediante el derecho de votar y ser elegido. Otros medios para presionar, influir y reivindicar posiciones y decisiones estatales deben ser fomentados como forma legítima de participación, a través de vías que fomenten el aumento de los canales de inserción política del individuo, como por ejemplo, por medio de la iniciativa popular de leyes, la regulación plebiscitos y referendos, como también en el ámbito del derecho procesal mediante de la ampliación de posibilidades del ciudadano periférico y menesteroso de acceder a la justicia[1] Rangel Dinamarco, (2009), pp. 81 y ss.

    Similar works