La masacre de Mapiripan en el marco de los derechos humanos internacionales.

Abstract

Los Derechos Humanos amparados por las Constituciones de cada uno de los países que en el mundo la tienen, han sido sometidos a violación o a situaciones que dejan las promulgaciones y normas que sirven de soporte en tela de juicio. Los países cuando son marcados por los actos de violencia que como el caso de la masacre ocurrida en el municipio de Mapiripán, Meta, departamento del sur de Colombia, a mediados del año 1997, a manos del grupo ilegal identificado con la sigla AUC (equivalente a Autodefensas Unidas de Colombia), dejan en el banquillo de las acusaciones y responsabilidades a las fuerzas regulares del Estado, como así lo estableció la Corte Interamericana de Derechos Humanos mediante Sentencia C-15/2005, asignando   la culpabilidad del Estado colombiano, por colaboración de los miembros del ejército nacional, con quienes perpetraron y ejecutaron la masacre..En este artículo que constituye uno de los principales resultados de un estudio detallado de los aspectos que establecen la responsabilidad del Estado frente a la masacre de Mapiripan, se orientó por los siguientes objetivos: Determinar la responsabilidad del Estado frente a la masacre de Manirían; analizar el cumplimiento de la Corte Interamericana en los sucesos de Mapiripan Vs. Colombia; Identificar en la Sentencia emitida por la Corte Interamericana las sanciones y disposiciones ordenadas al Estado colombiano como resultado de la masacre de Mapiripan; establecer las acciones implementadas por el Estado colombiano para dar cumplimiento a las sanciones emitidas por la Corte Interamericana de Derechos humanos para que los afectados reciban una reparación adecuada por las violaciones cometidas; dar a conocer las medidas necesarias para evitar que hechos similares vuelvan a cometerse, de conformidad con el deber de prevención y garantía de los derechos fundamentales reconocidos en la Convención Americana

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