El 1 de septiembre de 2008 entraron en vigor las nuevas normas peruanas de arbitraje, en el contexto de un conjunto de medidas emprendidas con el propósito de librar al ciudadano y al Estado de procesos interminables entre las que figuran la ley que regula el proceso contencioso administrativo (D.L. 1067), las que agilizan los procedimientos de conciliación y dándoles mayor carácter definitorio (D.L. 1070), la legislación notarial con el objeto de garantizar la seguridad de los actos (D.L. 1049) y el sistema concursal (D.L. 1050). Este es el contexto en el que se mueve la mejora de los procedimientos de arbitraje con el propósito de reducir sus costos (D.L. 1071)