Para la Unión Europea, el fomento de la eficiencia energética en el ámbito de la
edificación pasa por utilizar la calificación de la eficiencia energética de las
edificaciones para concienciar a los usuarios de la importancia de utilizar, no solo
equipos o instalaciones eficientes, sino que lo sean también los edificios en los que
desarrollen sus funciones.
Las exigencias relativas a la certificación energética de edificios establecidas en la
Directiva 2002/91/CE1 se transpusieron en el Real Decreto 47/20072 Se aprobó con
él un Procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de
edificios de nueva construcción. Sin embargo, y a pesar de que lo recogía dicha
directiva, quedó en aquel momento pendiente de regulación la certificación
energética de los edificios existentes.
La Directiva 2002/91/CE se modificó mediante la Directiva 2010/31/UE3 y volvió a
quedar pendiente la transposición al derecho español de aquello que tenía que
ver con certificación energética de edificios existentes.
Finalmente, y tras una llamada de atención en la Directiva Directiva/2012/27/UE4,
se lleva a cabo esa transposición que refunde en una sola disposición lo válido de
la norma de 2007, la deroga, la completa y, por fin, amplía su ámbito a todos los
edificios, incluidos los existentes.
De esta forma, establece el Procedimiento Básico para la certificación energética
de edificios existentes que debe cumplir la metodología de cálculo considerando
aquellos factores que más incidencia tienen en su consumo energético. Este
procedimiento básico, a su vez, se materializa en la utilización de una serie de
Documentos Reconocidos por los ministerios implicados.Oliver Faubel, I.; Monfort Signes, J.; Tort Ausina, I. (2014). Documentos reconocidos según el R.D.235/2013 para la certificación energética de edificios existentes. http://hdl.handle.net/10251/3579