Desalojo

Abstract

Extracto de la presente demanda presentada por los señores Marcos Neptalí Vargas Herrera y su esposa, Mihaela Graenco de Vargas, contra la señora la señora Gladys Liendo Pacheco en el 55 ° Juzgado Civil de Lima, solicitando la restitución precaria de la propiedad que se encuentra en ubicado en calle Lima N ° 156 y 160 A urbanización Mira Mar distrito de San Miguel, estas propiedades fueron adquiridas a través de una subasta pública del Banco Santander Central Hispano y con la escritura pública de fecha 29 de agosto del año 2000. La demanda se presenta ante el Juzgado; el juez califica de forma positiva y admite a trámite emplazando a la demandada para que conteste dentro del término de Ley, la demandada dentro del plazo establecido, contesta y contradice la demanda dentro de los plazos otorgados por la ley. La demandada contesta indicando que está en posición de bienes inmuebles como arrendataria y no como ocupante precaria en ese sentido los presupuestos del artículo no se dan para el presente proceso. El Juzgado en primera instancia declara fundada la demanda así como también la Sala Superior ratifica lo de primera instancia, la demandada no estando de acuerdo con tales decisiones presenta el Recurso de Casación ante la Sala Civil de la Corte Suprema quienes declararon fundado el Recurso de Casación nula la sentencian y reformándola la demanda declararon infundada.Summary of the present application by Mr. Marcos Neptalí Vargas Herrera and his wife misses, Mihaela Graenco de Vargas, against misses Gladys Liendo Pacheco in the 55° Judged Civil de Lima, requesting the precarious property restitution is located in called Lima N° 156 and 160 to urbanization Mira Mar district of San Miguel, these properties were acquired through a public auction of Bank Santander Central Hispano and the public deed dated 29 August of the year 2000. The demand is presented to the Court; the judge describes demand and admits to slope to place the response of the respondent within the time limit, so it is granted deadlines granted by the law. The respondent answers and contradicts the demand, indicating that it is in a position of real estate as a tenant and precarious occupant not so 911 article of the Civil Code since these budgets are not given for the present process. Court declares founded the demand as well as the upper Chamber and the respondent is not consistent with this decision by an appeal to the Civil Chamber of the Court Supreme, which declared void the appeal founded the judgment and the remodeling of the demand it is baseless.Trabajo de investigació

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