El Comité de las Regiones: su función en el proceso de integración europea

Abstract

El presente trabajo se centra en el estudio del Comité de las Regiones (en adelante CdR) como órgano que pennite la participación de los entes regionales y locales en el proceso de integración europea. La creación del CdR es una de las modificaciones que el Tratado de la Unión Europea, firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, introduce en el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea (en adelante TCE). El nacimiento del Comité coincide, por tanto, con el de la Unión Europea. Hasta ese momento, los entes regionales y locales de los Estados miembros no son sujetos, especificamente reconocidos, dentro de la estructura orgánica comunitaria prevista por los Tratados constitutivos. El método de investigación se ha basado en el estudio analítico de la naturaleza, composición, organización y funcionamiento del CdR. Este análisis permite definir cuál es la principal función a la que debe responder el Comité: la participación de los entes regionales y locales en el proceso de integración europea. El trabajo se ha realizado desde la óptica del Derecho Internacional Público. Los principios que, dentro de este ordenamiento juridico, rigen las Organizaciones Internacionales y son, por su propia naturaleza, aplicables al análisis de la estructura orgánica comunitaria, permiten inducir las principales aspectos que caracterizan al CdR. En este sentido, el Comité se analiza como órgano perteneciente a la estructura de una Organización Internacional: la Comunidad Europea. El objeto y el metodo escogidos han llevado a la sistematización del trabajo en cuatro capítulos. El Capitulo I tiene por objeto situar la creación del CdR en el contexto del proceso de integración europea. El Capitulo II se centra en el analisis de la naturaleza juridica del CdR con un doble enfoque. En primer lugar, se caracteriza al Comite en función de las categorias generales aplicables a los órganos de las Organizaciones Internacionales, teniendo en cuenta también las caracteristicas especificas de la Comunidad Europea. En segundo lugar, se procede a analizar la naturaleza de los entes regionales y locales que legitiman la presencia del Comité en la estructura organica comunitaria. En cuanto al Capítulo III, y tal como se desprende de su propio título, está dedicado al estudio de la Composición y de la Organizaci6ón Interna del Comité. El Capítulo IV contiene un análisis detallado de las funciones del CdR: naturaleza, ámbito material de competencias y análisis de las relaciones que ha establecido este órgano en el ejercicio de las primeras. Por ultimo, en relación con la sistemática, es preciso señalar que, buscando una mayor claridad en la exposición, se ha optado por remitir el tratamiento concreto de algunas cuestiones complementarias a las notas a pie de página y a los Anexos, En los Anexos I y Il se exponen los actos adoptados por el CdR durante su primer mandato y a lo largo de 1998, lo que permite ofrecer una vision general del trabajo desarrollado por las distintas comisiones y Plenos del organismo. Es necesario advertir que, en general, el texto se refiere a las versiones de los Tratados, en vigor desde el 1 de mayo de 1999. Ahora bien, cuando sea necesario, se hará referencia a normativas anteriores, indicando en cada caso cuál es la correspondencia que debe establecerse en la regulación actual. Las fuentes consultadas durante la investigación han sido han sido, principalmente, obras generales y estudios monográficos, la jurisprudencia del TJCE y de algunas jurisdicciones internas, las disposiciones adoptadas y documentacion aprobada en el seno de la Comunidad Europea y de algunos Estados miembros. Tambén cabe destacar la abundante documentación interna generada por el propio CdR, como los dictámenes y otros actos emitidos desde su creación

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