research

Las relaciones bilaterales Ecuador-Colombia: acuerdos bilaterales vigentes y su aplicación

Abstract

La Policía Nacional, a través del Servicio de Migración, tiene la obligación legal de controlar, tanto la salida como la entrada de extranjeros, de territorio ecuatoriano, en cumplimiento a las disposiciones de la Ley de Migración y su Reglamento, y especialmente con relación a los ciudadanos colombianos que ingresan a nuestro país, gozando de un tratamiento especial, por efecto de los acuerdos binacionales suscritos y vigentes entre Ecuador y Colombia. La Policía Nacional, por carecer de los suficientes recursos humanos y materiales, pese a su buena voluntad, no puede cumplir con su misión; en tal virtud, recibe la asistencia de parte de las Fuerzas Armadas ecuatorianas, y especialmente del Ejército, que presta su contingente, especialmente en el sitio fronterizo de La Punta. El Jefe Militar del Destacamento de La Punta (General Farfán), informa periódicamente a la Jefatura de Migración de Sucumbíos, mediante los listados correspondientes, el movimiento migratorio de los ciudadanos colombianos, quienes por pasar por el referido control, cumplen con todas las formalidades de ley. En vista de la gran extensión del río San Miguel y su cuenca hidrográfica -límite geográfico entre Ecuador y Colombia-, esta situación no permite un adecuado control del movimiento migratorio de nacionales colombianos hacia territorio ecuatoriano y, en consecuencia, sus actividades también serán ilegales o ilícitas, incluyendo acciones de guerrilla, narcotráfico y narco-guerrilla, especialmente

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