Este trabajo hace un análisis de la introducción del contrato de
arrendamiento de servicios en la formulación del código civil como la estructura básica
desde donde vendría a forjarse todo el edificio del contrato de trabajo, partiendo de la
tesis según la cual el contrato de trabajo es una especie perteneciente al género del
arrendamiento de servicios civilista y a este a su vez de la locatio conductio romana,
realizando una breve síntesis histórica, para concluir que si bien el contrato de trabajo
tiene una cierta vinculación con el Derecho Romano, este no tiene relación con el
arrendamiento de servicios del Código Civil, ni tampoco con la locatio conductio del
Derecho Romano