Abstract

Treball presentat a l'assignatura d'Ètica i Legislació. Gestió empresarial (102680)No es extraño oír hablar hoy en día de profesionales de dudosa legalidad que actúan sin licencia para ejercer, de profesionales no colegiados cuando dicha colegiación es obligatoria, incluso de personas que trabajan en ámbitos en los que no tienen la formación adecuada. Todos habremos formado una opinión hacia dichos individuos pero en más de una ocasión habremos obviado que detrás de estas actuaciones hay una violación de la ley, una infracción conocida como intrusismo laboral. El intrusismo laboral se puede definir académicamente, según la Real Academia Española, como: Ejercicio de actividades profesionales por persona no autorizada para ello. Puede constituir delito. También encontramos una definición legal. Según la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del ejercicio de profesiones tituladas y de los colegios profesionales, es: "La realización de actuaciones profesionales sin el cumplimiento de los requisitos establecidos legalmente para el ejercicio de la profesión, y es actuación profesional irregular la que vulnera las normas deontológicas, se ejerce sin la debida diligencia profesional o incurre en competencia desleal." De esta manera, podemos concluir que el intrusismo laboral es toda acción profesional realizada por una persona no cualificada legalmente para ello

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