Durante el proceso constituyente gaditano la tradición constitucional
medieval se erigió en un extraordinario recurso para legitimar el inmovilismo
absolutista o, por el contrario, para validar la tarea legislativa de signo
liberal, ya que la cultura constitucional de 1812 fue, además de católica, profundamente
historicista. En buena medida porque en las continuas apelaciones
de los diputados catalanes más destacados —de hecho, Capmany, Aner, Espiga,
Dou y Creus fueron los únicos que se manifestaron al respecto de una manera
significativa— a la historia de la Corona de Aragón, a la antigua constitución de
la monarquía española y a las leyes fundamentales castellanas cabían tanto las
propuestas serviles como las reformistas