Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho
Abstract
No hay ningún sistema de normas capaz de controlar la conducta humana tan eficaz como el Derecho. Vivimos en sociedades saturadas de derecho. La omnipresencia de la ley, en este contexto, se ha transformado en un producto necesario y sensato para la vida civilizada. Este es un tiempo y estamos habitando espacios donde el derecho define el significado de todas las relaciones civiles. El derecho invade todos los rincones del mundo conocido al tiempo que, un/os Estado/s vigilante/s se muestran procelosos y dispuestos a regular todos los intersticios de la vida humana. A contramano de ello, mi intuición es que existen ámbitos o dimensiones que debieran ser incólumes al derecho o que, al menos, no debieran estar subordinadas al entendimiento erudito de algunos jueces y funcionarios. Los romanos solían decir ultra posse nemo obligatur -no podemos
obligarnos más allá de lo posible-. Simple: la ley no debe ordenar lo que pertenece a la dimensión de lo imposible, irrealizable o impensable. Es más, desde mi punto de vista, aun en áreas del mundo de la vida que pudieran ser relevantes para el derecho, resulta de todos modos sensato que, en algunas circunstancias, el derecho retire conscientemente sus mandatos. Es lógico, prudente y justo que, ante la representación de algunos hechos, el legislador y/o el intérprete decidan soslayar una previsión o procuren evitar la adjudicación de alguna regla de derecho en la solución algunos conflictos. Desde un punto de vista teórico, defiendo también la autonomía de la ‘Política’. Dado que la observación está cargada de teoría –siempre lo repito-, advierto que este análisis se desarrolla desde la perspectiva del constitucionalismo político y que el mismo está macerado en los postulados
normativos que distinguen al republicanismo democrático. Naturalmente, mi intuición es entonces que existe un dominio participativo y deliberativo para la acción colectiva cuya dinámica no está gobernada ni por la moral ni por el derecho. Un espacio donde, muy particularmente, el derecho no debe imponer sus imperiales designios.Fil: Riberi, Pablo. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina