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Compensacion economica en el divorcio culposo segun el tenor de la Ley 19.947

Abstract

63 p.El divorcio culposo es aquel causado por las causales descritas en el artículo 54 de la Ley 19.947 conocida como la Ley de Matrimonio Civil. Es también conocido como divorcio culpa y es causado por una falta imputable al otro cónyuge,consistente en una violación grave de los derechos y deberes matrimoniales. La Compensación Económica es el conjunto de prestaciones que tiene derecho a recibir el cónyuge más débil como consecuencia del divorcio, y es un resarcimiento pecuniario por dedicarse a las labores del hogar y al proyecto de vida en común que tenían los cónyuges. El juez, en virtud del artículo 62, tiene la facultad de denegar o rebajar el monto de la prestación al cónyuge culpable de divorcio sanción. El trabajo a realizar plantea las relaciones entre estas dos instituciones del Derecho de Familia, y el avance doctrinario respecto del tema

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