71 p.El menor de edad en materia de salud, objeto de derecho, es parte del pasado, las nuevas concepciones ético-jurídicas -especialmente provenientes de la bioética- consideran que el menor de edad es un sujeto de derecho libre y autónomo, portador de un interés superior, titular para ejercitar por sí mismo sus derechos fundamentales - en la medida que posea el suficiente grado de madurez y entendimiento -. Esta nueva cosmovisión del menor de edad, viene a poner en jaque instituciones jurídicas ya centenarias de nuestro Derecho Civil clásico. En este contexto, el objeto de este trabajo es describir el régimen jurídico aplicable a los menores de edad en el ámbito de la salud, para, seguidamente, proponer un sistema regulatorio del mismo, acorde con el respeto y promoción de los derechos fundamentales del menor de edad