La protección de patentes es un asunto relativamente nuevo en la agenda internacional.Sin embargo, con la creación de la Organización Mundial del Comercio (OMC) en 1995, los Derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio (TRIPs) se integraron firmemente en las obligaciones legales de los países miembros.Los argumentos en contra de la imposición de estrictos regímenes de patentes para los países en vías de desarrollo importadores de tecnología están bien fundamentados.Sin embargo, la continua presión hacia unos regímenes de protección de patentes más severos bajo los auspicios de la OMC podrían ser desacertados, además de ir en contra de los intereses a largo plazo tanto de los países industrializados como de los países en vías de desarrollo. El enfoque universalmente aplicado de un modelo único para la protección de patentes integrado en los TRIPs probablemente obstaculizará, en lugar de mejorar, el esfuerzo de innovación. Si bien es cierto que algunas multinacionales se pueden estar beneficiando de las transferencias procedentes de los países consumidores de sus tecnologías, no es menos cierto que lo hacen a costa de ahogar el esfuerzo investigador en el futuro.Si se tiene en consideración el persistente déficit tecnológico en la balanza de pagos española, este debate es de particular importancia para los políticos en España