La principal contribución de este trabajo estriba en la propuesta de una vía alternativa de resolución de los conflictos de índole interpretativa suscitados en el ámbito de los convenios de doble imposición. Ante la insuficiencia del cauce amistoso, previsto en el artículo 25 del Convenio Modelo de la OCDE, la autora se posiciona a favor del mecanismo arbitral y desarrolla pormenorizadamente su esquema de funcionamiento, como complemento al procedimiento amistoso