Se analiza en este trabajo la cuestión de si el denominado "homeschooling" encuentra cabida en nuestro ordenamiento jurídico, para lo cual se analiza, en primer lugar, el art. 27 CE, que dispone que la enseñanza será básica y obligatoria, así como lo contemplado por la LOE, que fija la escolarización obligatoria. Se aborda la cuestión a través de la interpretación efectuada por nuestro Tribunal Constitucional en su Sentencia de 2010 y, como conclusión se aportan una serie de propuestas en torno al reconocimiento o incorporación del fenómeno, realizadas por asociaciones de nuestro país