Antecedentes/Objetivos: La Encuesta de Discapacidad, Autonomía personal y situaciones de Dependencia (2008) estima la prevalencia de la discapacidad visual (DV) en España en un 2,14%. El acceso a información y servicios sobre salud a través de Internet, un medio en el que confluyen diversos formatos de comunicación, es cada vez más importante y frecuente. Las personas con DV requieren de tiflotecnología para acceder a Internet y es necesario que tanto las páginas como la información sean accesibles. Las normas de accesibilidad impuestas por la legislación española se basan en el estándar WCAG (Web Content Accesibility Guidelines) desarrollado por W3C. Objetivos Compilar la normativa legal y describir las medidas de accesibilidad para personas con discapacidad visual requeridas a las páginas web relacionadas con la salud. Métodos: Se ha realizado una revisión sistemática en el BOE entre 1960 y 2013 utilizando: discapacidad, accesibilidad, web, televisión, radio y prensa. Después de recuperar 888 documentos únicos se han seleccionado las leyes referentes a administraciones públicas, medios de comunicación y materias relacionadas con la salud. Se han obtenido 13 que se han sometido a un análisis de contenido para localizar las medidas de accesibilidad requeridas a las páginas. Resultados: De las 13 leyes analizadas 8 refieren la accesibilidad para personas con discapacidad, 3 de éstas hacen mención explícita al concepto de diseño universal, 5 de ellas incluyen medidas y 4 tienen plazos límite expirando estos entre 2005 y 2013. Además el concepto de discriminación es tratado por 5 de las 13 y en otras 5 se remite a normas externas. Así mismo 3 de las leyes presentan exención por lo tanto no será exigible el nivel mínimo (nivel medio) si no hay solución tecnológica posible. También es habitual (en 7 de las 13) encontrar los anclajes del término accesible que no responden a la accesibilidad universal o accesibilidad para personas con discapacidad. Conclusiones: La accesibilidad a páginas web es tratada en la legislación de comunicación o de administraciones públicas. La legislación específica de salud simplemente hace referencia a casos puntuales. La legislación vigente exige el nivel medio de accesibilidad a la información proporcionada por medios electrónicos para las personas con discapacidad. Esta norma incluye a las páginas web de salud de servicios de administraciones públicas, empresas que gestionen servicios públicos o aquellas que presten servicios al público general de especial trascendencia económica. Sería interesante hacer un estudio para averiguar si se están cumpliendo estos mínimos exigibles