Entendiendo a la alfabetización como un núcleo escolar básico y –en el marco de nuestras culturas letradas– como un derecho humano sostenido por la normativa nacional e internacional, la garantía de su cumplimiento implica tanto accesibilidad y permanencia en el propio sistema educativo como inclusión social.
En este sentido, la legislación educativa argentina reconoce para las personas Sordas la necesidad de la enseñanza del español escrito como segunda lengua, siendo la primera la Lengua de Señas Argentina (LSA).
En el presente artículo realizaremos algunos aportes para reflexionar en torno a la legislación educativa y la enseñanza de la(s) lengua(s) en el contexto de las propuestas de alfabetización para la comunidad Sorda, entendida como minoría lingüístico-cultural, a partir de los cambios normativos encabezados por la Ley de Educación Nacional (LEN) –Ley N°26.206– del año 2006.Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educació