El 2018 ha sido un año productivo para el arbitraje latinoamericano. Los dos únicos países de la región que aún no lo habían hecho, sancionaron sendas leyes sobre arbitraje comercial internacional que, coincidentemente, se publicaron en la misma fecha, 26 de julio de 2018. Nos referimos a la Ley Argentina, N° 27.4493 [en adelante, la LACI], y a la Ley Uruguaya, N° 19.636.
Cada país posee una riqueza que lo caracteriza y basa su política legislativa en ello. Esto se ve en los considerandos de la ley argentina, en que se expresa el objetivo de incentivar el comercio internacional y dotar al país de herramientas que lo faciliten. De manera similar, la política legislativa del Perú al expedir la Ley de Arbitraje en 2008 fue crear un ambiente sin trabas al firmado Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos, y su modificación de 2015 se propuso garantizar la seguridad jurídica, previniendo la comisión de fraudes y la afectación de derechos de terceros a través del uso indebido de la institución arbitral.
La fuente directa de la ley argentina –como lo es de casi todas las legislaciones sobre arbitraje sancionadas en las últimas décadas– es la Ley Modelo de Arbitraje Comercial Internacional elaborada por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI/UNCITRAL) [en adelante, la LMU]. Tan así, es que la LACI reproduce el texto de la LMU, con algunas pocas modificaciones.
La Ley de Arbitraje Peruana [en adelante, LAP] también se inspiró y tomó como fuente la LMU. Sin embargo, aunque tomó de la LMU sus principales instituciones, la LAP no siguió tan fielmente su texto como la LACI. La LAP se ha inspirado además en la Ley de Arbitraje Española de 2003, la Ley Federal Suiza en Derecho Internacional Privado, así como, el Reglamento de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, y el Reglamento de la Corte de Arbitraje Internacional de Londres.
En este trabajo nos centraremos en analizar la LACI resaltando, en un enfoque comparativo, algunas de las principales diferencias que tiene con la LMU y con la LAP.Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociale