Trabajo infantil: conceptualización, causas y normatividad vigente a nivel internacional, en México y el Estado de México

Abstract

Actualmente se considera como trabajo infantil a todas aquellas actividades laborales, eventuales o permanentes, realizadas por los menores de edad, que son retribuidas, en dinero o especie, o que no presentan retribución alguna. Así, se establece que los factores que motivan a la incorporación de las niñas y los niños menores de edad a integrarse en el mercado laboral se encuentran relacionados con el ingreso del hogar o con un sentimiento de solidaridad hacia la familia. Existen dos convenios internacionales en materia de trabajo infantil que no son de carácter obligatorio para los países miembros de la OIT. Sin embargo, aquellos países que opten por su aplicabilidad deberán hacer cumplir todas las normas establecidas en relación con el trabajo peligroso definido para los individuos menores de 18 años. En México, la Ley Federal del Trabajo norma las relaciones de trabajo establecidas en todo el territorio nacional. El 12 de junio de 2015, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto para aumentar de catorce a quince años la edad mínima autorizada para que las niñas y los niños comiencen a trabajar. Así mismo, se estableció que, salvo las excepciones marcadas en la Ley, ningún menor de 18 años que no haya concluido la educación básica podrá participar en el mercado laboral. Por tanto, dada la relevancia del tema en materia laboral, en esta investigación se realiza una revisión sobre la normatividad vigente en materia de trabajo infantil a nivel internacional, nacional y en el Estado de México. Se describen algunas causas que lo propician y se identifican diversos indicadores provenientes de los resultados de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) que pueden motivar su desarrollo

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