Alcance de las causales de indignidad (2281 incs. b)- El maltrato emocional a personas mayores.

Abstract

Fil: Orlandi, Olga E. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.1. La supresión de la desheredación quita parcialmente autonomía personal al futuro causante. 2. El “maltrato grave de hecho” (2281 incs. b) – especialmente en adultos mayores - incluye el maltrato psicológico y el maltrato emocional. 3. El abandono emocional constituye maltrato pues implica una ausencia manifiesta, continuada y cualificada de relaciones familiares. 4. Pueden ser declarados indignos las personas que profirieran maltrato psicológico y/o abandono emocional a adultos mayores. El abandono emocional implica: a) la ausencia de relación familiar manifiesta y continuada; b) la inexistencia de vínculos afectivos y/o contacto físico "notorios"; y c) esta ausencia debe ser "exclusivamente imputable al demandado".Fil: Orlandi, Olga E. Universidad Nacional de Córdoba. Facultad de Derecho; Argentina.Otras Derech

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