El término anglosajón “Legal Compliance”, y su común uso para designar elementos indiferenciados dentro del Control Interno de las empresas, ha generado y genera dudas
acerca de la concreta actividad que éste debe designar, y mayormente, cuál es el marco normativo de actividad que aquél comprende, tanto como de los instrumentos de gestión que la regulación provee. Este artículo tratará de ofrecer una visión conceptual de “Legal Compliance”, a través de un esquema revelador de los conflictos de intereses que se generan en la actividad empresarial y su incardinación en nuevo Derecho
Corporativo