Informe de Expediente Civil, Materia: Divorcio por Causal (Separación de Hecho), N° de Expediente: 00106-2014-0-0201-JR-FC-01. Informe de Expediente Penal, Materia: Violación de Persona en Incapacidad de Resistencia, N° de Expediente: 01385-2018-0-1301-JR-PE-02

Abstract

Materia: Divorcio por Causal (Separación de Hecho) Nº de Expediente: 00106-2014-0-0201-JR-FC-01. El presente caso corresponde a un proceso de divorcio por causal (separación de hecho) planteado por el señor P.E.Q.P. La demandada (señora G.R.Z.) responde y presenta reconvención, en la que requiere el divorcio por adulterio, abandono del hogar y adjudicación preferente de bienes. En primera instancia, el juez declaró fundada la demanda de divorcio por separación de hecho, ya que dicho alejamiento se produjo en 2005. También, se disolvió el vínculo matrimonial y se da por fenecida la sociedad de gananciales. Por último, se ordenó la liquidación de los bienes adquiridos durante el matrimonio, y la reconvención de la demandada fue declarada infundada. La Sala Civil declaró que no es necesario pronunciarse sobre el divorcio por la causal de separación de hecho; sin embargo, se declaró fundada la reconvención presentada contra el demandante por abandono injustificado del hogar conyugal. Se dio por fenecido el régimen de sociedad de gananciales que regía desde el 14 de diciembre de 2011. Se ordenó la liquidación de los bines adquiridos dentro de la sociedad, donde se incluyó a aquellos que no se habían contemplado en el proceso y se atribuyó la responsabilidad al demandante-reconvenido. Materia: Violación de Persona en Incapacidad de Resistencia Nº de Expediente: 01385-2018-0-1301-JR-PE-02. En el presente proceso penal, la fiscalía formalizó la investigación contra el imputado por el delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE PERSONA EN INCAPACIDAD DE RESISTENCIA, en perjuicio de una adolescente (representada por su madre). A consideración del Ministerio Público, existían elementos de convicción y peligro procesal, por lo que solicitaron la medida coercitiva de prisión preventiva. Posterior a ello, el Colegiado Penal Supraprovincial de Huaura ejecutó el fallo por unanimidad y se condenó al imputado como autor del delito contra la LIBERTAD SEXUAL EN LA MODALIDAD DE ACTOS CONTRA EL PUDOR, dado que los hechos se limitaron a tocamientos en las partes íntimas de la niña por parte de su padre. La falta de pruebas, como la pericia psicológica de la víctima y una entrevista en cámara Gesell, fueron el óbice para no acreditar el delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE PERSONA EN INCAPACIDAD DE RESISTENCIA. Recurrida la decisión, la Sala Penal Permanente de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Huaura declaró fundada la apelación presentada por la defensa del acusado, revocando la venida en grado, dispuso la anulación de los antecedentes generados y la liberación inmediata del acusado, pues el relato de la adolescente agraviada no se relacionó directamente con las conclusiones del examen médico legista

    Similar works