Programas de inteligencia artificial (IA): límites en el ámbito jurídico

Abstract

El trabajo da cuenta de la relevancia que tiene tomar precauciones ante actitudes que se muestran a favor de señalar que las actividades profesionales de jueces, abogados y profesionales del derecho en general, pueden ser realizadas / ejercidas directa o indirectamente por el propio funcionamiento de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TICs). Ello es así porque este auxilio a las actividades jurídicas (interpretación, aplicación, creación de normas, creación de dogmas y acceso a textos jurídicos), realizadas siempre con relación a textos jurídicos, debe ser regulado precisamente. La reflexión es necesaria porque existen varias propuestas que contradicen, aparentemente, esta idea; es el caso del desarrollo de “programas de IA” que realicen actividades jurídicas profesionales, en cuanto que su posible puesta en acción, constituye una amenaza al funcionamiento del Estado de Derecho. https://buscalegis.ufsc.br/revistas/index.php/observatoriodoegov/article/view/395/23

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