La prevención de riesgos laborales en el ordenamiento jurídico chileno: obligaciones y responsabilidades

Abstract

La protección de la vida y salud de los trabajadores, desde la perspectiva del Derecho del Trabajo, es quizás la principal obligación del empleador respecto de sus trabajadores, dando origen a un plexo normativo, tanto nacional como internacional, de la mayor relevancia. El trabajador, como consecuencia de la ejecución de su contrato de trabajo, se encuentra expuesto a sufrir accidentes laborales y/o enfermedades profesionales, muchas veces incapacitantes, y en no pocas veces, con consecuencias fatales que pueden afectar su calidad de vida a futuro y la de su familia. Por lo expuesto, se hace necesario analizar científicamente las distintas instituciones de prevención de riesgos laborales, en especial la obligación de seguridad del empleador y su correlativo derecho a la protección eficaz de la vida y salud de los trabajadores/as, incluyendo el alcance y los efectos de ciertas obligaciones específicas del empleador y sus responsabilidades. El propósito es identificar fortalezas, debilidades y desafíos del sistema preventivo chileno, para contribuir a la formulación de las bases del Sistema Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo. Por otra parte, también será objetivo de esta investigación examinar los principales aspectos normativos y las discusiones doctrinales y jurisprudenciales sobre las responsabilidades del empleador como deudor de la obligación de seguridad, en materia administrativa, penal, seguridad social y civil. Esta investigación procurará demostrar que no obstante la diversa naturaleza, principios, objetivos, regulaciones e instituciones de cada una de estas manifestaciones normativas, no debe olvidarse que siempre subyace en todas estas formas de responsabilidad la protección de la vida y salud del trabajador y, por lo tanto, los principios tutelares del derecho del trabajo han de servir como fuente para la determinación de la responsabilidad empresarial. La discusión del modelo más apropiado para explicar las causas de los accidentes del trabajo, parece haber trascendido del área exclusivamente técnica de la prevención de los riesgos laborales, para alcanzar a ciertos actores sociales y operadores jurídicos, y a los propios tribunales de justicia, algunos de los cuales al perseverar en la búsqueda de las acciones inseguras de los accidentes del trabajo, parecieran buscar más bien los responsables de los accidentes solo en las causas inmediatas, desencadenantes o últimas de los accidentes, encontrando normalmente en tales causas al trabajador, para responsabilizarlo exclusivamente o en concurrencia con una conducta incumplidora de su empleador. Por tanto, entre los objetivos de la presente investigación se encuentra el demostrar que la aplicación supletoria del derecho común, ordenada por la letra b) del artículo 69 de la ley N° 16.744, no puede entenderse que se trata de una “colonización del Derecho del Trabajo por el Derecho Civil”, muy por el contrario, se constata una incipiente pero cada vez mayor aplicación, por parte fundamentalmente de la jurisprudencia de los tribunales y de cierta doctrina, de los principios y lógicas del Derecho del Trabajo a instituciones como la responsabilidad civil, cuyas normas y criterios regían hasta hace poco sin mayores diferencias y basadas en la igualdad jurídica de las partes, en un contexto de relación laboral. En ese contexto, se intentará demostrar que la obligación de seguridad o deber de protección del empleador, es fundamentalmente, aunque no de manera original ni exclusiva, una institución del Derecho del Trabajo; deber de cuidado cuyas manifestaciones, características, contenidos y necesaria sistematización, deben analizarse igualmente con la dogmática que informa esta disciplina y con estándares de eficacia de las medidas adoptadas que le son exigidos, indisolublemente vinculados a los poderes de mando de la empresa. Similar estudio se efectuará acerca de la culpa de la que responde el empleador por incumplimiento de este deber.The protection of the life and health of workers, from the perspective of Labor Law, is perhaps the main obligation of the employer with respect to its workers, giving rise to a regulatory complex, both national and international, of the greatest relevance. The worker, as a consequence of the execution of his work contract, is exposed to suffering accidents at work and/or occupational diseases, often disabling, and not infrequently, with fatal consequences that may affect his quality of life in the future and that of his family. Due to the above, it is necessary to scientifically analyze the different occupational risk prevention institutions, especially the employer's safety obligation and its correlative right to effective protection of the life and health of workers, including the scope and effects of certain specific employer obligations and responsibilities. The purpose of this review is to identify strengths, weaknesses and challenges of the Chilean preventive system, to contribute to the formulation of the bases of the National System of Safety and Health at Work. Furthermore, it will also be the objective of this investigation to examine the main regulatory aspects and the doctrinal and jurisprudential discussions on the responsibilities of the employer as a debtor of the security obligation, in administrative, criminal, social security and civil matters. This research will seek to demonstrate that despite the diverse nature, principles, objectives, regulations and institutions of each of these normative manifestations, it should not be forgotten that the protection of the worker's life and health always underlies all of these forms of responsibility and, therefore, the protective principles of labor law must serve as a source for determining corporate responsibility. The discussion of the most appropriate model to explain the causes of work accidents seems to have transcended the exclusively technical area of ​​occupational risk prevention, to reach certain social actors and legal operators, and the courts themselves, some of which by persevering in the search for unsafe actions of work accidents, seem to look for those responsible for the accidents only in the immediate, triggering or final causes of the accidents, normally finding the worker in such causes, and holding him exclusively responsible or in concurrence with non-compliant conduct by your employer. Therefore, among the objectives of this investigation is to demonstrate that the supplementary application of common law, ordered by letter b) of article 69 of Law No. 16,744, cannot be understood as a "colonization of Law of Labor by Civil Law", quite the contrary, there is an incipient but increasing application, mainly by the jurisprudence of the courts and certain doctrine, of the principles and logic of Labor Law to institutions such as the civil liability, whose rules and criteria were enforced until recently without major differences and based on the legal equality of the parties, in a context of employment relationship. In this context, this investigation will pretend to demonstrate that the employer's security obligation or duty of protection is fundamentally, although not originally or exclusively, an institution of Labor Law; a duty of care whose manifestations, characteristics, contents and necessary systematization, must also be analyzed with the dogmatics that this discipline informs and with standards of effectiveness of the measures adopted that are required of it, inextricably linked to the powers of command of the company. A similar analysis will be carried out on the fault for which the employer responds for breach of this duty

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