Este trabajo de investigación referido a los efectos de la reparación civil dictada en
el auto de sobreseimiento, en el principio del debido proceso, Tumbes – 2021; ha
tenido como objetivo la determinación de la reparación civil en el caso de que los
imputados sean sobreseídos por requerimiento de los fiscales penales corporativos
de la Provincia de Tumbes como titular de la acción penal, director de la
investigación penal y responsables de la carga de la prueba; siendo el órgano
jurisdiccional, es decir los jueces de investigación preparatoria los que conceden o
no la reparación civil en el caso de instituto procesal de sobreseimiento; para
obtener este objetivo se ha utilizado el método analítico, deductivo e inductivo y
como técnica la encuesta que permitió analizar el comportamiento de las variables
y como instrumento se utilizó el cuestionario; de la aplicación de estos objetivos
métodos y técnicas empleadas se ha llegado a obtener como resultado ante el
requerimiento que realiza los fiscales penales corporativos ante el juez de
investigación preparatoria, previo los actos procesales en audiencia pública el
órgano jurisdiccional debe conceder al agraviado la reparación civil, que debe
entenderse la obligación que tiene una persona (imputado) de reparar un daño, por
haber violado el deber jurídico de no causar daño a otro. En el sobreseimiento para
imponer la reparación civil solo se tiene en cuenta la acción o hecho dañoso, el daño
producido, la relación de causalidad entre la acción y el daño y los factores de
atribución que son de carácter subjetivo y objetivo