Actas de la XII Reunión Científica de la Fundación Española de Historia Moderna, celebrada en la Universidad de León en 19-21 de junio de 2012. José Antonio Salas Auséns, Área de Hª Moderna, Universidad de Zaragoza ([email protected])En los últimos años de su vida, la mujer corría serio riesgo de sumirse en la pobreza. Escasas de fuerza,
en muchos casos viudas, eras pocas las que disponían de una rentas más o menos regulares. La legislación
aragonesa paliaba esta situación merced al reconocimiento del derecho al usufructo por parte del
cónyuge supérstite de los bienes del fallecido que venían a sumarse a la dote que la mujer había aportado
al matrimonio y a su ampliación por parte del marido. Sin embargo, en el Alto Aragón la mayoría de
las capitulaciones matrimoniales incluyen la renuncia a la viudedad foral y, por tanto al usufructo. Con
numerosas variantes, estos documentos dejan entrever un objetivo que nada tiene que ver con la mejora
de la situación de las viudas, sino con la pervivencia de la casa, como valor máximo de aquella sociedad rural.Trabajo realizado en el marco del proyecto del Ministerio de Ciencia e Innovación HAR200802392Peer reviewe