El derecho a la defensa como garantía básica del debido proceso

Abstract

La primera Constitución que nuestro País tuvo en el año de 1830, se la denominó CONSTITUCION POLITICA DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, pero en ella no se enfatizaron muchos derechos que los ciudadanos ecuatorianos tenían, los ilustres que conformaban el congreso y que eran los que elaboraban las leyes, muchos de ellos con desconocimiento de esta materia, no contemplaron aspectos garantistas para los habitantes del Ecuador, es así que nacieron otras Constituciones en busca de la que abarque todos los aspectos garantistas constitucionales; es ahí en donde nace la idea de realizar una constituyente con un nuevo marco legal. En Montecristi el 28 de septiembre del 2008 el Economista Rafael Correa Delgado vio plasmada su idea de Garantías y derechos que abarcaría dicho cuerpo legal y es el 20 de octubre del 2008 que se publica la nueva carta magna que regiría a los ecuatorianos con una nueva visión y sobre todo las garantías Constitucionales primordiales de las personas, el respeto de los Derechos Humanos, que son ya reconocidos a nivel internacional y que nuestro país los aprueba. Una de las Garantías Básicas son las medidas sustitutivas a la prisión preventiva, que está comprendida en la constitución

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