Prevención y precaución del daño

Abstract

La obligación general de "no dañar" hace surgir inmediatamente la obligación de reparar el daño una  vez  que  este  haya  acaecido.  Sobre este supuesto se construyó, casi con exclusividad, la doctrina  clásica,  más preocupada por resarcir el daño ya producido que por prevenirlo. Sólo en las  últimas  décadas  se  ha  comprendido  que  se  logrará  una  mayor efectividad del Derechi cuando el acento se coloque más en la prevención que en la reparación. 

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